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Anuncio de disolución con cesión global del Activo y del Pasivo A los efectos de lo establecido en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil y 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que en fecha 16 de diciembre de 2002, el socio único de la compañía "Cantera Sant Juliá, Sociedad Limitada", sociedad uniperso nal, ejerciendo las competencias propias de la Junta general de socios de la compañía, adoptó la decisión de la disolución de esta entidad, con cesión global del Activo y Pasivo a su socio único "Promotora Mediterránea 2, Sociedad Anónima", con N.I.F.
A-28-220192, el cual, en reunión del Consejo de Administración celebrado en la misma fecha, tomó conocimiento de dicha disolución y, en lo menester, aceptó la cesión mencionada.
Se informa a los acreedores de "Cantera Sant Juliá, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y de "Promotora Mediterránea 2, Sociedad Anònima", su derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como su derecho en el plazo de un mes a oponerse a la cesión, con los mismos efectos previstos para el caso de fusión.
Sant Vicenç dels Horts, 23 de diciembre de 2002.-Por "Cantera Sant Juliá, Sociedad Limitada", el Secretario del Consejo de Administración, José Ignacio Molins Amat.-Por "Promotora Mediterránea 2, Sociedad Anonima", la Secretaria del Consejo de Administración, Ana María Molins López-Rodó.-737.
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