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Documento BORME-C-2003-9033

HISPADIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad escindida) HISPADIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA EDINAL, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 9, páginas 915 a 915 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-9033

TEXTO

Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de accionistas de la sociedad "Hispadial, Sociedad Anónima" (sociedad escindida) y la Junta general de socios de la sociedad "Edinal, Sociedad Limitada" (sociedad beneficiaria preexistente), celebradas ambas con carácter universal en fecha 9 de enero de 2003, adoptaron, por unanimidad, el acuerdo de escisión total de la sociedad "Hispadial, Sociedad Anónima", con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmite en bloque a la sociedad anónima de nueva creación "Hispadial, Sociedad Anónima", y a la sociedad preexistente "Edinal, Sociedad Limitada", que se subrogan en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida; todo ello en los términos del proyecto de escisión total suscrito por los Administradores únicos de "Hispadial, Sociedad Anónima", y "Edinal, Sociedad Limitada", el 28 de noviembre de 2002, y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.

Asimismo, se aprobó, por unanimidad, el Balance de escisión de "Hispadial, Sociedad Anónima", cerrado el 30 de septiembre de 2002. En uso de la facultad que le atribuye el artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil, la sociedad anónima de nueva creación sucederá en la denominación social a la sociedad escindida, pasando a denominarse "Hispadial, Sociedad Anónima".

De conformidad con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho de los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los Balances de escisión. Del mismo modo, de conformidad con lo previsto en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se deja pública constancia del derecho de los acreedores de las indicadas sociedades a oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del tercer y último anuncio de los acuerdos de escisión.

Barcelona, 10 de enero de 2003.-El Administrador único de "Hispadial, Sociedad Anónima", Lorenzo Farre Cardona.-La Administradora única de "Edinal, Sociedad Limitada", María Elena Farre Mallol.-719. 1.a 15-1-2003.

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