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Documento BORME-C-2004-115048

IBERDROLA ENERGÍAS RENOVABLES DE CASTILLA LA MANCHA, S. A. (Sociedad absorbente) SISTEMAS ENERGÉTICOS SIERRA DEL ROMERAL, S. A. U. SISTEMAS ENERGÉTICOS CAPIRUZAS, S. A. U. ELECTRA DE MARANCHÓN, S. L. U. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 17237 a 17237 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-115048

TEXTO

Anuncio de fusión Se hace público que con fecha 8 de junio de 2004 fue unánimemente aprobada por la Junta General Universal Extraordinaria, de Accionistas de "Iberdrola Energías Renovables de Castilla La Mancha, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente) y por el Accionista Único de "Sistemas Energéticos Sierra del Romeral, Sociedad Anónima Unipersonal", "Sistemas Energéticos Capiruzas, Sociedad Anónima Unipersonal", y "Electra de Maranchón, Sociedad Limitada Unipersonal" (sociedades absorbidas), la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por la sociedad absorbente de las sociedades absorbidas, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Toledo y Guadalajara y, ello sobre la base de los balances de fusión de las sociedades cerrado a 31 de diciembre de 2003, aprobados como tales en la misma fecha por la Junta General de la sociedad absorbente, de forma unánime, y por el Accionista Único de las sociedades absorbidas. Dichos balances se corresponden con el último balance anual aprobado de cada una de las sociedades participantes en la fusión.

La fusión aprobada es una fusión impropia al ser la sociedad absorbente titular de la totalidad de las acciones de las sociedades absorbidas. La presente fusión implica la extinción de la personalidad jurídica de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente.

Como fecha de efectos contables de la fusión se fijó el 1 de enero de 2004. Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, pudiendo solicitar su entrega o envío gratuitos. Asimismo, se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 8 de junio de 2004.-Los Administradores mancomunados de la sociedad absorbente "Iberdrola Energías Renovables de Castilla La Mancha, S. A.", Miguel Martín Sáez y Ana Isabel Buitrago Montoro, y los Administradores mancomunados de las sociedades absorbidas, "Sistemas Energéticos Sierra del Romeral, S. A. U.", Miguel Martín Sáez y Ana Isabel Buitrago Montoro, "Sistemas Energéticos Capiruzas, S. A. U.", Pedro Barriuso Otaola y Rafael de Icaza de la Sota, "Electra de Maranchón, S. L. U.", Rafael de Icaza de la Sota y Gonzalo Pinedo Fernández.-31.923.

1.a 16-6-2004.

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