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Las Juntas Generales y Universales de estas sociedades, de fecha 7 de junio de 2004, han aprobado por unanimidad, su fusión por absorción, siendo "Unidad de Medicina Preventiva, Sociedad Limitada, Unipersonal" la entidad absorbente e Instituto de Gestión Médica Pericial y Defensa Jurídica, Sociedad Limitada", la entidad absorbida, que se extingue sin liquidación, con la entera transmisión en bloque de su patrimonio a la absorbente, que adquiere a título universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sociedad íntegramente participada por la absorbente.
Se hace constar el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores que habrá de ejercitarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 7 de junio de 2004.-El Administrador único de ambas entidades, D. Jorge Tusell Gómez.-31.530. 1.a 16-6-2004.
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