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Documento BORME-C-2004-116025

GENERACIONES ESPECIALES I, S. L. (Sociedad absorbente) GENERACIONES ESPECIALES, S. A. U. SINAE ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE, S. A. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 116, páginas 17342 a 17342 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-116025

TEXTO

Anuncio de Fusión De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales de "Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada", "Generaciones Especiales, Socidad Anónima Unipersonal" y "Sinae Energía y Medioambiente, Sociedad Anónima", celebradas con fecha 10 de junio de 2004, aprobaron el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades citadas con fecha 10 de mayo de 2004, y, en consecuencia, la fusión por absorción de "Generaciones Especiales, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Sinae Energía y Medioambiente, Sociedad Anónima" por parte de "Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada", con extinción sin liquidación de "Generaciones Especiales, Sociedad Anónima Unipersonal" y "Sinae Energía y Medioambiente, Sociedad Anónima", y transmisión en bloque de su patrimonio a "Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada", como sociedad absorbente, a título de sucesión universal, quedando ésta subrogada en todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas, asimismo aplicable por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

De igual manera, las Juntas Generales citadas aprobaron como balance de Fusión de las sociedades absorbidas el cerrado al 31 de diciembre de 2003, verificado por los auditores de cuentas de cada sociedad.

De conformidad con lo previsto en el articulo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión.

De igual manera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 243 de la misma Ley, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto en relación con el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, 14 de junio de 2004.-Por "Generaciones Especiales I, Sociedad Limitada" y por "Sinae Energía y Medioambiente, Sociedad Anónima", el Presidente del Consejo de Administración, Don Joaquín Coronado Galdós; por "Generaciones Especiales, Sociedad Anónima Unipersonal", el Presidente del Consejo de Administración, Don Marcos Antuña Egocheaga.-31.969. 2.a 17-6-2004.

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