Que por acuerdo de la Junta de Socios de fecha 15 de marzo de 2004, se acordó entre otros la modificación de los artículos 7.o, 8.o, 9.o, 10.o y 11.o de los Estatutos Sociales, procediéndose a la creación de prestaciones accesorias y a modificarse el régimen de transmisión de participaciones sociales, teniendo derecho los socios que no votaron a favor de dicho acuerdo a separarse de la sociedad en el plazo de un mes desde la presente publicación, de conformidad con los artículos 95 y 97 de la Ley de Sociedades Limitadas y los artículos 196, 206 y 208 del Reglamento del Registro Mercantil.
Sant Boi de Llobregat, 11 de junio de 2004.-El Administrador único, Javier Oliveras Abadía.-33.429.
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