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Documento BORME-C-2004-180024

ROBERT BOSCH ESPAÑA FÁBRICA ARANJUEZ, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbente) ROBERT BOSCH ESPAÑA FÁBRICA DE ALCALÁ DE HENARES, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 180, páginas 26239 a 26240 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-180024

TEXTO

Anuncio de fusión y cambio de denominación

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que por acuerdo de las Juntas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas, de Robert Bosch España Fábrica Aranjuez, S. A.,Unipersonal, y Robert Bosch España Fábrica de Alcalá de Henares, S. A.,Unipersonal, celebradas con carácter universal el día 24 de junio de 2004, en Madrid, aprobaron el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades citadas, con fecha de 31 de mayo de 2004, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 8 de junio de 2004, con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a Robert Bosch España Fábrica Aranjuez, S. A., Unipersonal, como sociedad absorbente, a título de cesión universal quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas, en los términos del citado proyecto de fusión. De igual manera las Juntas generales de accionistas aprobaron el Balance de fusión cerrado el 31 de diciembre de 2003, verificado por los auditores de cuentas, la sociedad PricewaterhouseCoopers Auditores, Sociedad Limitada. No procede efectuar ningún canje de las acciones, al ser la sociedad absorbente poseedora del 100 por 100 de las acciones de la absorbida. Las operaciones de Robert Bosch España Fábrica de Alcalá de Henares, S. A.,Unipersonal habrán de considerarse a efectos contables por cuenta de Robert Bosch España Fábrica Aranjuez, S. A.,Unipersonal a partir del día 1 de enero de 2004. No se otorgarán derecho especial alguno en la sociedad absorbente. No se atribuirá ventaja alguna a favor de los administradores de las sociedades intervinientes en la fusión. La sociedad absorbente pasará a denominarse «Robert Bosch España Gasoline Systems, Sociedad Anónima»Unipersonal, todo ello de acuerdo con el artículo 416 del Reglamento del Registro Mercantil. De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso que asiste a los accionistas, socios y acreedores de cada una de las dos sociedaades que paraticipan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión. De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contando desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto y el artíulo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 30 de junio de 2004.-D. Rafael Callejón Casas, Secretario de los Consejos de Administración de «Robert Bosch España Fábrica Aranjuez, S. A.» Unipersonal y «Robert Bosch España Fábrica de Alcalá de Henares, S. A.» Unipersonal.-42.402. y 3.ª 16-9-2004

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