Está Vd. en

Documento BORME-C-2004-69014

CAMPILLO PALMERA, S. A. (Sociedad absorbente) TRANSPORTES CAMPILLO CONTRERAS, S. A. (Sociedad absorbida) CAMPILLO LOGÍSTICA, S. L. (Sociedad absorbida) TRANSPORTES CAMPILLO PALMERA ANDALUCÍA, S. L. (Sociedad absorbida) CAMPO PALMERA, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 69, páginas 9927 a 9927 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-69014

TEXTO

Anuncio de fusión Mediante el presente anuncio se hace público que las Juntas Generales Universales de las entidades anunciantes celebradas el 15 de marzo de 2004 han ratificado su fusión mediante la absorción de "Transportes Campillo Contreras, Sociedad Anónima", "Campillo Logística, Sociedad Limitada", "Transportes Campillo Palmera Andalucía, Sociedad Limitada" y "Campo Palmera, Sociedad Limitada" (Sociedades absorbidas) por la absorbente, "Campillo Palmera, Sociedad Anónima". La Entidad absorbente sucederá a título universal en todos sus derechos y obligaciones a las sociedades absorbidas que se disuelven sin liquidación, traspasando en bloque sus respectivos patrimonios a la absorbente de conformidad con lo establecido en el Proyecto de Fusión, el cual fue aprobado sujeto a ratificación en las Juntas Generales Universales celebradas el 30 de junio de 2003, y presentado a depósito en el Registro Mercantil de Murcia.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente que los socios y acreedores de las entidades participantes en la fusión, podrán obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en la Junta General así como los balances de fusión aprobados en las sociedades y que así mismo, a los acreedores de cada una de las sociedades les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes contado a partir de la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en la Junta General, en los términos previstos por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar además el derecho de los socios y titulares de derechos especiales distintos de las acciones, así como de los representantes de los trabajadores de examinar en el domicilio social los documentos a los que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Molina de Segura (Murcia), 30 de marzo de 2004.-Francisco Campillo Fernández, Presidente del Consejo de Administración.-12.419.

2.a 13-4-2004.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid