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Documento BORME-C-2005-110178

GALEGA DE AUTOCARES GALA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) AUTOCARES M. LAGO, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 16861 a 16861 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-110178

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y concordantes de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las sociedades expuestas, válidamente celebradas con el carácter de Universales el día 29 de marzo de 2005, acordaron, por unanimidad, la fusión de las mismas mediante la absorción por parte de «Galega de Autocares Gala, Sociedad Limitada» de la sociedad «Autocares M. Lago, Sociedad Limitada Unipersonal»; todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por ser la sociedad absorbente «Galega de Autocares Gala, Sociedad Limitada», única titular de todas las participaciones sociales representativas del capital social de la sociedad absorbida «Autocares M. Lago, Sociedad Limitada Unipersonal», adquiriendo la absorbente la totalidad del patrimonio de la absorbida, que se disuelve sin liquidación, conforme a los Balances de Fusión cerrados el 30 de noviembre de 2004 y al Proyecto de Fusión de fecha 25 de enero de 2005, que fue redactado y suscrito por todos los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes, y que ha sido presentado y quedado depositado en los Registros Mercantiles de Lugo, con fecha 22 de marzo de 2005, y de Pontevedra, con fecha 28 de marzo de 2005. Asimismo, se fijó como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, la de 30 de noviembre de 2004. La operación quedará acogida al régimen especial previsto en el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades; Título VII, Capítulo VIII. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Proyecto y Balance de Fusión.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores podrán oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Lugo, 15 de abril de 2005.-Raúl José López López, Administrador Único de «Galega de Autocares Gala, Sociedad Limitada».-Fdo.: Raúl José López López, Administrador Único de «Autocares M. Lago, Sociedad Limitada Unipersonal».-31.216.

1.ª 9-6-2005

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