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Escisión total
De conformidad con los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Universal celebrada el día 27 de mayo de 2005, ha acordado la escisión total de la sociedad Quiles Holder, Sociedad Limitada, que traspasa en bloque todo su patrimonio -comportando la disolución sin liquidación de la sociedad- a las dos sociedades beneficiarias Grupo Quiles Orozco, Sociedad Limitada, y Quiles Fernández Holder, Sociedad Limitada. Se hace constar el derecho de los socios y de los acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión.
Se hace constar igualmente el derecho de los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las participaciones, a examinar en el domicilio social los documentos a los que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 27 de mayo de 2005.-Administradores mancomunados, José Vicente Quiles Orozco y Demetrio José Quiles Fernández.-31.522. 1.ª 8-6-2005
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