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De conformidad con lo establecido en el artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las juntas generales extraordinarias, respectivamente, de las citadas sociedades, celebradas el día 21 de junio de 2005, en los respectivos domicilios sociales, adoptaron el acuerdo de fusión por absorción por parte de Fincas Corral Las Palmas, Sociedad Limitada Unipersonal, de Fincas Corral Las Canteras, Sociedad Limitada Unipersonal, con disolución sin liquidación de la entidad absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbida, según los términos establecidos en el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria.
A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar, que los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión en el plazo de un mes, a constar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.
Las Palmas de Gran Canaria, 21 de junio de 2005. Don Jaime José Fernández Solans, consejero de Fincas Corral Las Palmas, Sociedad Limitada Unipersonal.-36.568. 1.ª 28-6-2005
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