Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de «BR Cartera de Empresas Sociedad Anónima», en su Junta General Universal celebrada el día 14 de Junio del año 2005 ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo:
Primero.-Aprobar el balance de escisión, el patrimonio escindido y el proyecto de escisión suscrito por todos los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza, y ajustándose a él, acordar la escisión parcial de «BR Cartera de Empresas Sociedad Anónima» mediante su disolución sin liquidación, por la que se procede a segregar su patrimonio social en dos ramas autónomas de actividad consistentes en la participación mayoritaria en el capital social de «Residencia El Veral Sociedad Limitada» y de «Pompas Fúnebres Aragón Sociedad Limitada», que se traspasaran en bloque respectivamente a las sociedades beneficiarias en constitución «Briana Cartera de Empresas Sociedad Limitada» y «Mabri Cartera de Empresas Sociedad Limitada».
En ejecución del anterior acuerdo, las sociedades beneficiarias adquirirán en bloque los respectivos patrimonios escindidos, de acuerdo con el balance de escisión de «BR Cartera de Empresas Sociedad Anónima» cerrado a 31 de diciembre de 2004, quedando éstas subrogadas a título universal en todos los derechos y obligaciones de la escindida sin limitación de ninguna clase. La sociedad escindida, «BR Cartera de Empresas Sociedad Anónima», procederá a la correspondiente reducción de capital social y de reservas una vez sean elevados a públicos e inscritos en el Registro Mercantil los presentes acuerdos.
Se hace constar expresamente el derecho que, de acuerdo con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el balance de escisión y los demás documentos relativos a la escisión previstos en el artículo 238 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Igualmente se hace constar expresamente el derecho de oposición que, de acuerdo con lo previsto en el ar-tículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, tienen los acreedores de todas las sociedades citadas y que podrán ejercitar en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
En Zaragoza, a 20 de junio de 2005.-El Presidente del Consejo de Administración de «BR Cartera de Empresas Sociedad Anónima», y facultado expresamente para este acto, d. Antonio Briceño Seoane.-36.243.
2.ª 29-6-2005
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