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Documento BORME-C-2005-126044

LIBERTY INSURANCE, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S. A. (Sociedad absorbente) LIBERTY INSURANCE GROUP, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 19297 a 19298 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-126044

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Ordinarias de Accionistas de «Liberty Insurance, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» y de «Liberty Insurance Group, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» celebradas ambas el 29 de junio de 2005, acordaron la operación de fusión por absorción de «Liberty Insurance Group, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» por parte de «Liberty Insurance, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», con disolución sin liquidación de «Liberty Insurance Group, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» y el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título de sucesión universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del Activo y del Pasivo y de todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. La operación se ha acordado sobre la base del Proyecto de fusión por absorción, suscrito conjuntamente por los Administradores de las dos sociedades con fecha 15 de abril de 2005 y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 28 de abril de 2005, y utilizando como Balances de fusión los formulados por los respectivos Consejos de Administración el 30 de marzo de 2005, cerrados a 31 de diciembre de 2004, debidamente verificados por los Auditores de cuentas de las dos sociedades, y que han sido aprobados por las Juntas Generales de Accionistas arriba mencionadas. Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la operación durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 72.1.c) del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, los señores accionistas no asistentes a la Junta disponen del plazo de un mes desde la publicación del último anuncio para comunicar a la Secretaría de la Sociedad su voluntad de adherirse al presente acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 1 de julio de 2005.-El Secretario de los Consejos de Administración de «Liberty Insurance, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» y «Liberty Insurance Group, Compañía de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», don Miguel Ángel Melero Bowen.-37.475.

1.ª 4-7-2005.

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