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Documento BORME-C-2005-133056

JOGAN, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 20255 a 20255 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-133056

TEXTO

La Junta General Extraordinaria, celebrada el día 18 de marzo de 2005, acordó aumentar el Capital Social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los accionistas de su derecho de suscripción preferente:

1. Aumentar el Capital Social de la sociedad en la cifra de 143.038 euros mediante la emisión de 23.800 nuevas acciones, nominativas y ordinarias, de una sola serie, de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, de igual contenido de derechos que las anteriores y numeradas correlativamente de la 17.001 a la 40.800, ambas inclusive.

2. Las nuevas acciones se emitirán por su valor nominal. 3. El valor nominal de las acciones emitidas debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la suscripción mediante aportación dineraria. 4. Los accionistas de la compañía son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas acciones que posean. La relación de cambio es aproximadamente de 1'4 nueva acción por cada acción antigua. 5. Los señores accionistas pueden ejercitar su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. 6. Durante el plazo de suscripción los accionistas pueden suscribir las acciones mediante comunicación dirigida a esta sociedad, indicando el número de acciones suscritas, a las que acompañarán certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100% del valor nominal de las acciones objeto de suscripción, en la cuenta corriente que Jogan, S.A. mantiene en la entidad financiera Caixa de Pensions «La Caixa» y cuyo código es 2100 / 1175 / 53 / 0100218418. Las acciones no suscritas serán ofrecidas por el órgano de administración a los accionistas que acudan al aumento, para su suscripción y desembolso en el plazo máximo de diez días desde la conclusión del plazo señalado para la suscripción preferente. A tal efecto se efectuará una comunicación escrita a estos accionistas. Si existieran varios accionistas interesados en suscribir las acciones ofrecidas, estas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad. 7. Caso de no ser suscrito íntegramente el aumento de capital dentro del plazo fijado, se declarará su suscripción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las suscripciones efectuadas de conformidad al artículo 161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 6 de julio de 2005.-Administrador único, Sergio González Fontana.-39.307.

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