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Documento BORME-C-2005-138032

ECISA COMPAÑÍA GENERAL DE CONSTRUCCIONES, S. A. (Sociedad escindida parcialmente) ECISA CORPORACIÓN EMPRESARIAL, S. L. (Sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 20871 a 20871 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-138032

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que, en fecha 30 de junio de 2005, en la Junta General Universal de accionistas con el doble carácter de Ordinaria y Extraordinaria de la entidad «Ecisa Compañía General de Construcciones, Sociedad Anónima», se adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de «Ecisa Compañía General de Construcciones, Sociedad Anónima» mediante la segregación de una parte de su patrimonio social consistente en una unidad económica de tenencia de acciones y participaciones sociales y su traspaso en bloque a favor de la entidad beneficiaria de nueva creación que se denominará «Ecisa Corporación Empresarial, Sociedad Limitada». La Sociedad beneficiaria se subroga en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido. Asimismo, se aprobó como balance de escisión el balance anual cerrado a 31 de diciembre de 2004. Todo ello de conformidad con las menciones recogidas en el proyecto de escisión parcial suscrito por todos los miembros del Consejo de Administración de «Ecisa Compañía General de Construcciones, Sociedad Anónima», con fecha 10 de junio de 2005, debidamente depositado con fecha 21 de junio de 2005 en el Registro Mercantil de Alicante. Como consecuencia de la escisión parcial, «Ecisa Compañía General de Construcciones, Sociedad Anónima» reduce sus reservas de libre disposición en la cuantía equivalente al valor de la unidad económica objeto de escisión, esto es en la cifra de 3.907.441 Euros. La Sociedad beneficiaria de la escisión parcial se constituirá con la aportación de la rama de actividad consistente en la tenencia de acciones y participaciones sociales de la Sociedad escindida y con un capital social de 3.907.441 Euros.

De conformidad con los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad que se escinde en la operación de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión, así como el derecho de los acreedores que se encuentren en el caso del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 166 de la citada Ley, de oponerse a la escisión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de escisión.

Alicante, 1 de julio de 2005.-El Presidente del Consejo de Administración, don Manuel Peláez Castillo.-39.140.

y 3.ª 20-7-2005

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