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Documento BORME-C-2005-138080

PANIFICADORA BELLPAN, S.A. (Sociedad absorbente) BELLSOLÀ, S.A. Sociedad unipersonal (Sociedad escindida parcialmente y absorbida) BELLSOLÀ GIRONA, S.L. Sociedad unipersonal (Sociedad beneficiaria, de nueva creación) CROISSANTERIES DE PARÍS, S.L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 20879 a 20880 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-138080

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la junta general de la sociedad «Panificadora Bellpan, Sociedad Anónima», y los Socios Únicos de «Bellsolà, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal» y «Croissanteries de París, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal», en fecha 28 de junio de 2005, acordaron, unánimemente, (i) la escisión parcial de «Bellsolà, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal», consistente en la segregación de la rama de actividad de explotación de establecimientos de venta al público de productos alimenticios, en especial los relacionados con la panadería, bollería, pastelería y repostería y de sus derivados, y aportación de la misma a la sociedad de nueva creación «Bellsolà Girona, Sociedad Limitada», que adquirirá por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado; y (ii) la fusión por absorción por «Panificadora Bellpan, Sociedad Anónima» de las sociedades «Bellsolà, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal» y «Croissanteries de París, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal», con disolución, sin liquidación, de las sociedades absorbidas, que traspasarán a la sociedad absorbente en bloque, a título universal, todos los bienes, derechos y obligaciones sin ampliación de capital de la sociedad absorbente. Asimismo, se acordó que «Panificadora Bellpan, Sociedad Anónima», cambie su denominación social por la de «Bellsolà, Sociedad Anónima». La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial y fusión por absorción suscrito por los administradores intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Girona y de Las Palmas, así como en los términos de los respectivos acuerdos adoptados por las juntas generales y socios únicos indicados.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores, en su caso, de las sociedades participantes en la escisión y en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión y fusión. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión pueden oponerse a la misma en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión parcial y fusión por absorción.

Girona, 29 de junio de 2005.-El Presidente del Consejo de Administración de «Panificadora Bellpan, Sociedad Anónima» y de «Bellsolà, Sociedad Anónima». «Qualitas Venture Capital, Sociedad Anónima», «Sociedad Capital Riesgo» representada por don Adolfo Valero y el Administrador único de «Croissanteries de París, Sociedad Limitada», «Bellsolà, Sociedad Anónima» representada por don Manuel Sellarés.-39.682. y 3.ª 20-7-2005

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