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Documento BORME-C-2005-142010

CATELSA-MANUFACTURAS GUIPUZCOANAS DE CAUCHO Y LATEX, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal (Sociedad escindida parcialmente) CATELSA PARETS, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 21432 a 21433 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-142010

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que en el ejercicio de las competencias de la Junta General de Socios, el Socio Único de «Catelsa-Manufacturas Guipuzcoanas de Caucho y Latex, Sociedad Limitada» Sociedad Unipersonal, mediante el acta de consignación de decisiones de fecha 30 de junio de 2005 ha decidido la escisión parcial de una parte de su patrimonio, constitutivo de una unidad económica a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación, «Catelsa Parets, Sociedad Limitada» Sociedad Unipersonal, todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Escisión Parcial presentado para su depósito en el Registro Mercantil de Guipúzcoa el 27 de mayo de 2005, habiendo obtenido la Nota de Calificación del Señor Registrador Mercantil, que tiene por efectuado el referido depósito en fecha 30 de mayo de 2005, y según el balance de escisión cerrado a 31 de diciembre de 2004. Como consecuencia de la escisión se ha acordado reducir el capital social de «Catelsa-Manufacturas Guipuzcoanas de Caucho y Latex, Sociedad Limitada» Sociedad Unipersonal, en 2.295,82 euros, mediante la amortización de 382 participaciones sociales, quedando el capital social fijado en 60.809,18 euros. Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, el derecho que asiste a los socios y acreedores de «Catelsa-Manufacturas Guipuzcoanas de Caucho y Latex, Sociedad Limitada» Sociedad Unipersonal, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la escisión.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de «Catelsa-Manufacturas Guipuzcoanas de Caucho y Latex, Sociedad Limitada» Sociedad Unipersonal, Sociedad Limitada, de oponerse a la escisión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión en los términos previstos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 30 de junio de 2005.-Don Juan Isidro del Saz, Secretario no Consejero del Consejo de Administración.-40.915. 1.ª 27-7-2005.

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