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Documento BORME-C-2005-147101

THYSSENKRUPP ELEVADORES, S. L. (Sociedad parcialmente escindida y beneficiaria) ASCENSORES CENIA, S.L.U. (Sociedad beneficiaria y parcialmente escindida)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 22055 a 22055 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-147101

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y el Artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Universales de accionistas de las sociedades «ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Limitada» y «Ascensores Cenia, Sociedad Limitada Unipersonal», celebradas el 29 de julio de 2005, aprobaron, por unanimidad, una doble escisión, en la que, en primer lugar, se produce una escisión parcial de «ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Limitada», a favor de «Ascensores Cenia, Sociedad Limitada Unipersonal», en la que se transmite la unidad económica formada por la actividad de fabricación, con la lógica reducción y ampliación de capital, y una posterior e inmediata escisión de «Ascensores Cenia, Sociedad Limitada Unipersonal», a favor de «ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Limitada», por la que se traspasaría la unidad económica formada por la actividad comercial, de mantenimiento y reparación, con la lógica reducción y ampliación de capital, y todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los administradores de las sociedades «ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Limitada» y «Ascensores Cenia, Sociedad Limitada Unipersonal», y depositado en los Registros Mercantiles de San Sebastián (Guipúzcoa) y Madrid. En razón de la primera escisión parcial, se produce en «ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Limitada»una reducción de capital de 144.161,87 euros. Igualmente, y como consecuencia de esta primera escisión parcial, se produce en «Ascensores Cenia, Sociedad Limitada Unipersonal», una ampliación de capital de 206.811,08 euros. Asimismo, y como consecuencia de la segunda escisión parcial, se produce en «Ascensores Cenia, Sociedad Limitada Unipersonal» una reducción de capital de 1.312.290,77 euros, quedando un capital social final de 281.001,56 euros, modificándose por tanto el artículo 5.º de los Estatutos sociales, el cual tendrá la siguiente redacción definitiva:

Artículo 5.º Capital social. El capital social, totalmente suscrito y desembolsado, está establecido en doscientos ochenta y un mil un euro con cincuenta y seis céntimos de euro (281.001,56 euros).

Está constituido por 93.356 participaciones iguales de Tres euros y Un céntimo de euro (3,01 euros) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 93.356, ambos inclusive. Igualmente, y como consecuencia de esta segunda escisión parcial, se produce en «ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Limitada» una ampliación de capital de 914.722,00 euros, quedando un capital social final de 3.845.366,28 euros, modificándose por tanto el artículo 5.º de los Estatutos sociales, el cual tendrá la siguiente redacción definitiva:

Artículo 5.º Capital social. El capital social, íntegramente suscrito y desembolsado, es de tres millones ochocientos cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y seis euros con veintiocho céntimos de euro (3.845.366,28 euros).

Está constituido por 639.828 participaciones iguales de seis euros con un céntimo de euro (6,01 euros) de valor nominal cada una, numeradas del 1 al 639.828, ambos inclusive.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y del balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de las sociedades indicadas podrán oponerse a la escisión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 30 de julio de 2005.-El Secretario no Consejero de «ThyssenKrupp Elevadores, Sociedad Limitada» y «Ascensores Cenia, Sociedad Limitada Unipersonal», don Fernando Gómez y Gómez-Calcerrada.-42.370.

2.ª 3-8-2005

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