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Documento BORME-C-2005-158008

CERRAMIENTOS Y SUMINISTROS SAIPER, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 158, páginas 23564 a 23564 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-158008

TEXTO

Oferta de asunción preferente

La Junta general ordinaria de socios celebrada en el domicilio social el 30 de junio de 2005, acordó reducir el capital a cero para compensar pérdidas y aumentarlo simultáneamente hasta un límite máximo de 6.000,00 euros. El aumento de capital se verificará mediante la creación de un máximo de 1.200 nuevas participaciones, de 5 euros de valor nominal cada una de ellas y se realizarán mediante aportaciones dinerarias, debiendo desembolsarse el 100 por 100 del valor nominal de las participaciones. Se concede a los actuales socios el derecho a asumir un número de participaciones proporcional al valor nominal de las participaciones que poseían en el momento de acordarse la reducción y aumento de capital simultáneos, de tal forma que la titularidad de una participación de las que estaban en circulación dará derecho a asumir 1,98675496688 nuevas participaciones. La asunción se verificará en el plazo máximo de un mes, mediante notificación escrita dirigida al domicilio social de la compañía indicando el número e importe de participaciones a asumir, acompañada del justificante de ingreso en la cuenta bancaria número 2100 4311 62 2200007468. Tanto la ausencia de manifestación, dentro del plazo, de la voluntad de asumir todas o parte de las nuevas participaciones como la falta de desembolso de su nominal, implicará la renuncia a asumir las nuevas participaciones. La transmisión de los derechos de preferencia deberá efectuarse de acuerdo con lo establecido en los estatutos sociales de la sociedad para la transmisión de participaciones, siempre dentro del plazo establecido para realizar la asunción preferente.

Si existieran participaciones que no sean asumidas una vez transcurrido el plazo señalado, el derecho a asumir las referidas participaciones acrecerá proporcionalmente a los restantes socios, que deberán asumirlas en el plazo máximo de quince días desde la finalización del plazo anterior y con las mismas formalidades. Caso de que aun así quedasen participaciones sin asumir, se ofrecerán por el Administrador a los terceros de su elección, que deberán asumirlas en el plazo de otros quince días.

En Güeñes, 1 de agosto de 2005.-El Administrador único, Roberto Caballero Martínez-Aguilló.-44.053.

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