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Documento BORME-C-2005-199039

MONTEBALITO, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 31101 a 31101 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-199039

TEXTO

Junta General Extraordinaria de Accionistas

El Consejo de Administración de Montebalito, S. A., en su reunión celebrada el día 13 de octubre de 2005, acordó convocar Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará en primera convocatoria, el día 4 de noviembre de 2005, a las 10:00 horas en Las Palmas de Gran Canaria, C/ General Vives, número 23-25, y, en su caso, en segunda convocatoria, el siguiente día, en el mismo lugar y a las 11:00 horas. Se prevé la celebración de la Junta en primera convocatoria. Los asuntos a tratar en la Junta son los que figuran en el siguiente

Orden del día

Primero.-Cese y nombramiento de Auditores. Segundo.-Ampliación del capital social en cuatro millones de euros, mediante la emisión de cuatro millones de acciones ordinarias, representadas por medio de anotaciones en cuenta, de la misma clase y serie, de un euro de valor nominal cada una y con una prima de emisión de 7,21 euros por acción, es decir, un total de 8,21 euros por acción, mediante aportaciones no dinerarias y con exclusión del derecho de suscripción preferente. Tercero.-Modificación del artículo 5.º de los estatutos sociales, relativo al capital social con motivo de la ampliación del mismo. Cuarto.-Autorizar al Consejo de Administración para que, en una o varias veces, y en la oportunidad o cuantía que libremente decida, aumente el capital social hasta la mitad de su importe en la forma y circunstancias recogidas en el artículo 153.1.b y 161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, teniendo en cuenta para ello el capital que resulte una vez cerrada la ampliación prevista en el acuerdo segundo. En su virtud, el Consejo podrá fijar discrecionalmente el tipo de emisión de las acciones representativas del aumento, señalar, con arreglo a la Ley, el plazo dentro del cual los antiguos accionistas podrán ejercitar su derecho de suscripción preferente y reformar en lo pertinente los Estatutos Sociales para concordarlos con las sucesivas variaciones de la cifra de capital. Del mismo modo el Consejo de Administración queda facultado para prever expresamente en las condiciones de la emisión o emisiones la posibilidad de aumentar el capital social solo en la cuantía de las suscripciones cuando el aumento del capital no se suscriba íntegramente dentro del plazo fijado para la suscripción. El Consejo deberá hacer uso de la anterior facultad en el plazo de cinco años, contados desde hoy. Transcurrido dicho plazo quedará sin efecto esta autorización en la parte de la misma de la que no se hubiera hecho uso y se practicarían en el Registro Mercantil los asientos cancelatorios que procedan. Quinto.-Autorización al Consejo de Administración para la formulación de la solicitud para la admisión a cotización en la Bolsa de Madrid de los títulos representativos de la ampliación de capital, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y sometiéndose a las normas dictadas o que puedan dictarse en materia de Bolsas y sobre contratación, permanencia y exclusión de la cotización oficial. Sexto.-Cese y nombramiento de Consejeros. Séptimo.-Autorización al Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta, y concesión de facultades para la elevación a instrumento público de tales acuerdos a los miembros del mismo que determine tan ampliamente como en derecho sea menester. Octavo.-Ruegos y preguntas. Noveno.-Redacción, lectura y aprobación del Acta, o, en su caso, nombramiento de interventores.

Derecho de asistencia: Tendrán derecho de asistir a la Junta, de conformidad con el artículo 12 de los Estatutos sociales y los artículos 104 y 108 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, los accionistas que con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta, tengan acciones inscritas en el correspondiente Registro de anotaciones en cuenta.

Derecho de información: Se pone en conocimiento de los Señores accionistas, que a partir de la presente convocatoria cualquier accionista podrá obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, así como el informe del experto independiente relativo a la ampliación de capital mediante aportaciones no dinerarias y el informe especial sobre exclusión del derecho de suscripción preferente, así como el texto de la propuesta de acuerdos del Consejo de Administración a que se refieren los puntos del Orden del Día precedente. Hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes, así como solicitar informaciones o aclaraciones o formular preguntas por escrito acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General.

Derecho de representación: Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en Junta por medio de otra persona, aunque esta no sea accionista. la representación deberá conferirse por escrito o por medio de comunicación a distancia que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. El documento en el que conste el poder deberá contener o llevar anejo el Orden del Día, así como la solicitud de instrucciones y la indicación del sentido en el que votará el representante con las excepciones previstas en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley y deberá estar en poder de la sociedad al menos con 72 horas de antelación a la celebración de la Junta. La representación es siempre revocable. La asistencia personal a la Junta del representado tendrá valor de revocación. Los derechos de asistencia, representación y voto de los señores accionistas se regularán por lo dispuesto en la Ley y en los Estatutos Sociales.

En Las Palmas de Gran Canaria, 17 de octubre de 2005.-La Secretaria del Consejo de Administración. Beatriz Cañuelo Jusdado.-53.025.

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