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Documento BORME-C-2005-205064

SORTEGI, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) LOJENDIO, SOCIEDAD LIMITADA PROMOCIONES VEGA DE ONDARROA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 205, páginas 32199 a 32200 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2005-205064

TEXTO

Anuncio escisión

La Junta General Extraordinaria, con asistencia de la totalidad de socios de Sortegi, Sociedad Limitada, celebrada el 14 de octubre de 2005, adoptó, por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.-Aprobar el Proyecto de Escisión formulado por el Administrador Unico de la mencionada sociedad, el cual fue depositado en el Registro Mercantil de Gipuzkoa el 24 de agosto de 2005 y publicado en el BORME el 22 de septiembre del mismo año.

Por lo anteriormente referido, se acuerda:

1. Aprobar, conforme a las condiciones reseñadas en el Proyecto de Escisión, la escisión parcial de la mercantil Sortegi, Sociedad Limitada a favor de las sociedades de nueva creación, Lojendio, Sociedad Limitada y Promociones Vega de Ondarroa, Sociedad Limitada, produciéndose la segregación de una parte del patrimonio de Sortegi, Sociedad Limitada, afecto a la actividad de construcción, traspasando en bloque las partes segregadas a las futuras sociedades a constituir, quienes adquirirán a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado.

2. Fijar que la fecha a partir de la cual las operaciones de Sortegi, Sociedad Limitada, vinculadas a las partes del patrimonio que se segregan, habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de las nuevas sociedades (Lojendio, Sociedad Limitada y Promociones Vega de Ondarroa, Sociedad Limitada) será la fecha de otorgamiento de la escritura pública de constitución de las nuevas sociedades. 3. Aprobar el tipo de canje de participaciones fijado en el Proyecto de Escisión.

Segundo.-Aprobar el Balance de Escisión de Sortegi, Sociedad Limitada cerrado a fecha 30 de junio de 2005. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de Sortegi, Sociedad Limitada de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de Sortegi, Sociedad Limitada.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la escisión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión en los términos señalados en los artículos 166, 243 y 254 Ley de Sociedades Anónimas.

Zarautz, 14 de octubre de 2005.-Administrador Unico de Sortegi, S. L., José Joaquín Otegui.-53.997.

2.ª 27-10-2005

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