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Documento BORME-C-2006-113146

SUNGAVE LAND, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 19661 a 19662 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-113146

TEXTO

Se hace público que la Junta general ordinaria de accionistas de «Sungave Land, Sociedad Anónima» (anteriormente denominada «Sungave Land, Sociedad de Inversión de Capital Variable, Sociedad Anónima»), celebrada el día 8 de junio de 2006, acordó por unanimidad del capital social asistente a la Junta, solicitar la baja de la sociedad en el Registro de Sociedades de Inversión de Capital Variable de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la consiguiente exclusión de las acciones representativas del capital de la sociedad de cotización de la Bolsa de Valores de Madrid, cesando, en consecuencia, en la condición de Sociedad de Inversión de Capital Variable.

Asimismo, se acordó la modificación del objeto social, cuyo artículo estatutario tendrá en lo sucesivo la siguiente redacción:

«Artículo 2. Constituye el objeto social la realización de cualesquiera de las siguientes actividades: a) La compra, promoción, rehabilitación, venta, explotación en cualesquiera fórmulas admitidas en derecho -excluido el arrendamiento financiero- de inmuebles de todo tipo, rústicos y urbanos, por naturaleza, y uso, principalmente rústico, industrial, residencial, terciario, viviendas, garajes, locales, oficinas, naves, hoteles, centros comerciales, de ocio y deportivos.

b) La ejecución de obras de construcción de todo tipo, en el sentido más amplio, incluyendo proyecto, construcción, montaje, reparación, mantenimiento y conservación de toda clase de obras e instalaciones, con o sin suministro de materiales, por cuenta propia o de terceros, en forma exclusiva o a través de asociación en cualquiera de sus modalidades. c) El desarrollo de actuaciones urbanísticas de todo tipo, incluidos el planeamiento y ejecución del mismo, la planificación, gestión y urbanización de terrenos, y la actuación como agente urbanizador; todo ello conforme a la legislación vigente en la materia. d) La explotación, en cualesquiera fórmulas admitidas en derecho, de aparcamientos, instalaciones hoteleras, hosteleras y turísticas, centros comerciales, deportivos, instalaciones socio-sanitarias, propios o ajenos, de titularidad privada o pública, mediante cualquier sistema de gestión. e) La explotación agraria y agrícola de fincas propias y ajenas.

Quedan excluidas las actividades que precisen por ley de requisitos no cumplidos por la sociedad ni por sus Estatutos. Cuando así sea preciso, las actividades integrantes del objeto social se realizarán por medio de los correspondientes profesionales con la titulación adecuada.

Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto social idéntico o análogo.»

Madrid, 9 de junio de 2006.-El Administrador solidario, Enrique Ballester Ríos.-38.465.

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