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Documento BORME-C-2006-113148

TAIPEI IBERIA, S. L. (Sociedad absorbente) FRUITS GUZMÁN, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 19662 a 19662 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-113148

TEXTO

Anuncio de fusión

A los efectos del Artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público:

Que la Junta general de socios de Taipei Iberia, Sociedad Limitada y el Accionista Único de Fruits Guzmán, Sociedad Anónima (Sociedad unipersonal), acordaron el 6 de junio de 2006 aprobar la fusión por absorción de Fruits Guzmán, Sociedad Anónima (Sociedad unipersonal) por su Accionista Único, Taipei Iberia, Sociedad Limitada, en los términos del proyecto de fusión suscrito por el Consejo de Administración de ambas sociedades. Dicho proyecto de fusión fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 9 de mayo de 2006, y en el Registro Mercantil de Barcelona el 5 de mayo de 2006, sobre la base de los últimos balances anuales aprobados respectivamente por cada una de las citadas sociedades, cerrados a 31 de diciembre de 2005, habiendo sido auditados ambos balances por los auditores de cuentas de las respectivas sociedades. En ese sentido, la sociedad Taipei Iberia, Sociedad Limitada en su calidad de sociedad absorbente, adquiere de Fruits Guzmán, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), sociedad absorbida, en bloque y por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de esta última, que queda disuelta sin liquidación.

En la medida en que Taipei Iberia, Sociedad Limitada, sociedad absorbente, es titular de todas las acciones en que se divide el capital social de Fruits Guzmán, Sociedad Anónima (Sociedad Unipersonal), sociedad absorbida, no procede llevar a cabo aumento de capital alguno de Taipei Iberia, Sociedad Limitada, ni tampoco procede la elaboración de los informes de expertos independientes ni de los administradores sobre el proyecto de fusión. Asimismo, se hace constar que la fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente será el 1 de enero de 2006 . A los efectos de lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión. Asimismo, a los efectos de lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión. .

Finalmente, se hace constar que, simultáneamente a la fusión, Taipei Iberia, Sociedad Limitada cambiará su denominación social por la de Guzmán Gastronomía, Sociedad Limitada.

Barcelona, 7 de junio de 2006.-Secretario del Consejo de Administración de Taipei Iberia, Sociedad Limitada y de Fruits Guzman, Sociedad Anónima (Sociedad unipersonal), Luis Seguí Casas.-37.498. 1.ª 14-6-2006.

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