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Documento BORME-C-2006-118037

EUROPA MUEBLES, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 118, páginas 20381 a 20381 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-118037

TEXTO

La Junta General de socios, celebrada el 13/06/06, acordó aumentar el capital social en la cuantía y condiciones que a continuación se indican, a los efectos de posibilitar el ejercicio por los socios de la sociedad de su derecho de asunción preferente:

1. Aumentar el capital social de la compañía en la cifra de 357.174,30 euros, mediante la creación de 11.886 nuevas participaciones sociales de 30,05 euros de valor nominal cada una y numeradas correlativamente del 82.420 al 94.305 ambos inclusive, con los mismos derechos que las preexistente.

2. Las nuevas participaciones sociales se emiten por su valor nominal, y con una prima de emisión global de 142.869,72 euros, equivalente a 12,02 euros por participación. 3. El valor nominal de las participaciones emitidas y el importe de la prima de emisión debe ser íntegramente desembolsado en el momento de la asunción mediante aportaciones dinerarias. 4. Los socios de la compañía son titulares del derecho de asunción preferente que la Ley les otorga, en la proporción que corresponda al valor nominal de las antiguas participaciones, en razón de 1 participación nueva por cada 6,93412417970722 participaciones antiguas. 5. Los señores socios pueden usar de su derecho de asunción preferente en el plazo de un mes contado desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de esta emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Las participaciones no asumidas en el ejercicio del derecho preferente, serán ofrecidas a los socios que lo hubieron ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo de 5 días desde la conclusión del señalado para la asunción preferente; si existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, estas se adjudicarán en proporción a las que cada uno ya tuviere en la sociedad. Durante los quince días siguientes a la finalización del plazo anterior, el órgano de administración podrá adjudicar las participaciones no asumidas a personas extrañas a la sociedad. 6. Durante el plazo de asunción, los socios pueden asumir las participaciones mediante comunicación dirigida a esta sociedad, a la que acompañará certificación o resguardo acreditativo del ingreso del 100% del valor nominal de las participaciones objeto de suscripción así como del importe íntegro de la prima de emisión en la cuenta corriente que Europa Muebles, S.L. mantiene en la entidad financiera Banco de Valencia y cuyo código es el siguiente: 0093 0428 86 0000570195. 7. Caso de no ser asumido íntegramente el aumento de capital dentro de los plazos fijados, se declarará su asunción incompleta, quedando aumentado el capital en la cuantía de las asunciones efectuadas, de conformidad con el art. 77 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Todo lo cual se pone en público conocimiento de conformidad a lo prevenido en el art. 75 de la vigente Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Alcobendas (Madrid), 13 de junio de 2006.-Secretario del Consejo de Administración. D. Manuel Romero Gutiérrez.-40.023.

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