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Documento BORME-C-2006-120009

ARION PEOPLE PHONE-CARE, SOCIEDAD ANONIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 20707 a 20707 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-120009

TEXTO

En Junta general ordinaria y extraordinaria celebrada en el domicilio social de esta sociedad el pasado 25 de mayo de 2006, a las doce horas en primera convocatoria, con la asistencia del 90 por 100 del capital social con derecho a voto, se acordó por unanimidad entre otros acuerdos, el de reducir el capital social por importe de 240.000 euros a cero, mediante la amortización de la totalidad de las acciones representativas del mismo. La reducción se realiza íntegramente con cargo al capital social y tiene como finalidad restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad disminuido como consecuencia de las pérdidas por lo que no se produce devolución de aportaciones a los socios y queda excluido el derecho de los acreedores a oponerse a la referida reducción. . Sirve de base a la operación el balance cerrado a 31 de diciembre de 2005, aprobado en la misma Junta y verificado por la firma de Auditoría «Alter B.G. Auditors, Sociedad Limitada», número del Registro Oficial Auditores de Cuentas (ROAC) S-1381, cuyo informe tiene fecha de 17 de abril de 2006. Con carácter simultáneo se acordó ampliar el capital social en la suma de 150.000 euros, mediante la emisión de 2.400 nuevas acciones nominativas de valor nominal cada una de ellas de 62,50 euros, de iguales derechos y obligaciones y de la misma clase y serie, numeradas correlativamente del 1 al 2.400, ambos inclusive, con una prima de emisión de 105,00 euros por acción, a desembolsar en su totalidad mediante aportaciones dinerarias en el acto de su suscripción. A tal fin se facultó al órgano de administración de la sociedad, para que, con relación al anterior aumento de capital, pueda:

a) Admitir de conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la Ley, por parte de los accionistas de la compañía en el ejercicio de su derecho de suscripción preferente y proporcional, durante el plazo de un (1) mes a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» (BORME) del anuncio de la oferta de suscripción, la suscripción de las nuevas acciones, que deberán ser desembolsadas en su totalidad mediante aportaciones dinerarias, tanto por su valor nominal como en la prima de emisión, en el acto de su suscripción mediante ingreso en la cuenta corriente bancaria de la sociedad número 2100 0997 63 0200478115.

b) Para el supuesto que queden acciones que no hayan sido suscritas por los actuales accionistas, durante el indicado plazo, en ejercicio del derecho de suscripción preferente contemplado, ofrecer y admitir la suscripción de las mismas por accionistas de la Sociedad, que hayan suscrito nuevas acciones, durante un plazo de quince (15) días más a contar desde la finalización del anterior. c) Para el supuesto que, transcurridos los plazos indicados, queden acciones que no hayan sido suscritas por los actuales accionistas, ofrecer y autorizar la suscripción de las mismas, con desembolso de su nominal y prima de emisión, a terceras personas durante un nuevo plazo de quince (15) días a contar desde la finalización del anterior. d) Y para que en su día pueda declarar la suscripción y desembolso de las nuevas acciones representativas del anterior aumento de capital y en consecuencia, modificar la redacción del artículo 5.º de los Estatutos sociales, que quedará con la siguiente redacción:

«Artículo 5.º El capital social de la Sociedad se fija en la suma de ciento cincuenta mil (150.000,00) euros, dividido y representado por dos mil cuatrocientas acciones nominativas (2.400) , iguales, de sesenta y dos euros con cincuenta céntimos de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 2.400, ambas inclusive.

El capital social se encuentra íntegramente suscrito y desembolsado.».

En caso de que la ampliación de capital acordada fuese incompleta, el acuerdo de delegación de facultades facultará, a su vez, para dar nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos sociales, que corresponda en función de la cuantía de la ampliación de capital efectivamente suscrita y desembolsada, una vez ejecutada dicha ampliación.

Coslada (Madrid) a, 8 de junio de 2006.-El Administrador único, Youssef Jammal Abboud.-39.885.

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