Está Vd. en

Documento BORME-C-2006-126074

GRV GRUPO VIZCAÍNO DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 21685 a 21685 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-126074

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se pone en conocimiento de los socios los términos y condiciones de la ampliación de capital acordada por la Junta General de Socios celebrada el 30 de junio de 2006:

La Sociedad ampliará su Capital Social en dos millones y setenta céntimos de euro (2.000.000,70 Euros). Dicha ampliación se efectúa mediante la creación de un millón cuatrocientas ochenta y una mil cuatrocientas ochenta y dos (1.481.482) participaciones sociales numeradas correlativamente de la 3.479.034 a la 4.960.515 ambas inclusive, de un euro con treinta y cinco céntimos (1,35 euros) de valor nominal cada una, con iguales derechos y obligaciones que las actualmente existentes.

En el marco de la presente operación, se reconocerá a los socios el derecho de asumir un número de nuevas participaciones sociales proporcional al valor nominal de las que poseen, cuyo ejercicio se ajustará a las siguientes normas:

Plazo: Las nuevas participaciones serán suscritas y desembolsadas por aquellos socios que ejerciten su derecho de suscripción preferente en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de la oferta de asunción de las nuevas participaciones en el BORME.

Procedimiento de ejercicio del derecho de preferencia: En el plazo de un mes acordado en el punto anterior, los socios que deseen suscribir la presente ampliación de capital deberán dirigirse al Consejo de Administración de la Compañía manifestando su voluntad de acudir a la suscripción y efectuar el desembolso correspondiente, siendo inscritos, una vez ejecutada la ampliación, en el Libro de Socios de la Sociedad como titulares de las nuevas participaciones que suscriban. Las nuevas participaciones sociales no asumidas en el plazo de ejecución del referido derecho de preferencia serán ofrecidas por el Órgano de Administración a los socios que lo hubieran ejercitado, en los términos previstos en el artículo 75 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Una vez cubierto el plazo legalmente establecido y en los términos previstos en el citado artículo, el órgano de administración podrá adjudicar las participaciones no asumidas a personas extrañas a la Sociedad. Suscripción incompleta: Se aplicará en este supuesto lo establecido en el artículo 77 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada para el aumento incompleto.

Préstamo participativo: En la citada Junta, se acordó autorizar a la Sociedad para concertar con los socios que acudan a la ampliación un préstamo participativo y poner a disposición de aquellos socios que manifiesten interés en suscribirlo las condiciones del mismo en el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio.

San Sebastián, 3 de julio de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración, José Ramón Vizcaíno Gómez.-42.245.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid