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Documento BORME-C-2006-129042

CUBICAL DENIRA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad escindida parcialmente) ARCASIBAL, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 22055 a 22055 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-129042

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que en la Junta General Universal de Socios de la Compañía mercantil «Cubical Denira, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal», celebrada el 27 de abril de 2006, se adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la mercantil «Cubical Denira, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal», mediante la segregación de una parte de su patrimonio social, consistente en un conjunto de elementos patrimoniales susceptibles de constituir una unidad económica autónoma y su traspaso en bloque a favor de la entidad beneficiaria de nueva creación que se denominará «Arcasibal, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal». La sociedad beneficiaria se subroga en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido. Así mismo se aprobó como balance de escisión el balance cerrado al 31 de enero de 2006. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial, suscrito por todos los miembros del Consejo de Administración el pasado 27 de abril de 2006 y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Álava el 13 de junio de 2006.

De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, representantes de los trabajadores y acreedores de la sociedad que se escinde, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta General, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la citada Ley.

Vitoria, 3 de julio de 2006.-El Administrador Único, don David Fuentes Pascual.-42.196.

1.ª 10-7-2006

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