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Documento BORME-C-2006-130070

INDRA SISTEMAS, S. A. (Sociedad absorbente) INDRA ATM, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 22256 a 22256 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-130070

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público que la Junta General de Accionistas de «Indra Sistemas, Sociedad Anónima» y el Socio Único de «Indra ATM, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, en sendas sesiones celebradas el 22 de junio de 2006 y el 15 de junio de 2006, acordaron la fusión por absorción de «Indra Sistemas, Sociedad Anónima», como sociedad absorbente, e «Indra ATM, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, como sociedad absorbida, todo ello sobre la base de los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2005, formulados por sus respectivos órganos de administración en fechas 23 de marzo de 2006 por el Consejo de «Indra Sistemas, Sociedad Anónima», y 15 de marzo de 2006 por los Administradores Solidarios de «Indra ATM, Sociedad Limitada Unipersonal», y de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 3 de mayo de 2006. Los principales términos del citado acuerdo de fusión son los siguientes:

La fusión se efectúa de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas al ser «Indra Sistemas, Sociedad Anónima» socio único y, en consecuencia, titular de todas las participaciones en que se divide el capital de «Indra ATM, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal.

La totalidad de las operaciones llevadas a cabo por la sociedad absorbida, «Indra ATM, Sociedad Limitada», Sociedad Unipersonal, se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, Indra Sistemas, Sociedad Anónima desde el 1 de enero de 2006. No existen en la sociedad absorbida ninguna clase de participaciones o derechos especiales, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las participaciones, ni tampoco se otorgan ventajas concretas a favor de los administradores de las sociedades partícipes en esta operación de fusión por absorción. No se producen modificaciones en los estatutos sociales de «Indra Sistemas, Sociedad Anónima», como consecuencia de la fusión. La fusión no conllevará modificación en la composición del Consejo de Administración de «Indra Sistemas, Sociedad Anónima». Los administradores de las sociedades que se fusionan han informado a sus respectivas juntas generales de que no se ha producido ningún hecho extraordinario o que modifique de manera importante el activo o el pasivo de las sociedades intervinientes en la fusión, lo que se hace constar a los efectos del artículo 238.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 27 de junio de 2006.-El Vicesecretario del Consejo de «Indra Sistemas, Sociedad Anónima», don Carlos González Soria y el Administrador Solidario de «Indra ATM, Sociedad Limitada», don José Ángel Marra Rodríguez.-42.315.

1.ª 10-7-2006

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