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Documento BORME-C-2006-130101

PANRICO DONUTS CANARIAS, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) YANEZ QUINTANA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 22262 a 22262 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-130101

TEXTO

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (la «L.S.A.») , se hace público:

Que el accionista único de la sociedad Panrico Donuts Canarias, Sociedad Anonima, Sociedad unipersonal, y el socio único de la sociedad Yanez Quintana, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal, aprobaron el día 30 de junio de 2006, la fusión por absorción entre Panrico Donuts Canarias, Sociedad Anonima, Sociedad unipersonal, como sociedad absorbente (en lo sucesivo, la sociedad absorbente) , y Yanez Quintana Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal, que se halla íntegramente participada por Panrico Donuts Canarias, Sociedad Anonima, Sociedad unipersonal (en lo sucesivo, la sociedad absorbida).

Que la fusión por absorción fue aprobada en los términos contenidos en el proyecto de fusión redactado, aprobado y suscrito por los Administradores de las sociedades participantes en la fusión en Madrid el día 19 de mayo de 2006, que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria. Que la fusión aprobada implicará la extinción de la sociedad absorbida mediante su disolución sin liquidación, produciéndose la transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, con sucesión universal de derechos y obligaciones. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2005. No existen obligacionistas en ninguna de las sociedades que participan en la fusión.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de oponerse a la misma en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, y que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión.

En Barcelona, a, 30 de junio de 2006.-El Administrador único de Panrico Donuts Canarias, Sociedad Anónima, Sociedad unipersonal, Panrico Sociedad Anonima representada por don Joan Cornudella Marqués y el Administrador único de Yánez Quintana, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal, Panrico Donuts Canarias, Sociedad Anánima, representada por don Joan Cornudella Marqués.-42.185. 1.ª 10-7-2006

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