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Documento BORME-C-2006-139016

ARICEMEX, S. A. (Sociedad absorbente) HORMIGONES CIUDAD REAL, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 23399 a 23399 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-139016

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de accionistas de Aricemex, S.A. y Hormigones Ciudad Real, S.A. (Sociedad unipersonal), respectivamente, celebradas el día 30 de junio de 2006, aprobaron por unanimidad, la fusión de las mismas, mediante absorción de Hormigones Ciudad Real, S.A. (Sociedad unipersonal), por Aricemex, S.A., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de sus total patrimonio, derechos y obligaciones a la sociedad absorbente, que lo adquiere por sucesión universal. La fusión se acordó en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid y Ciudad Real, los días 31 y 29 de mayo de 2006, respectivamente, habiendo aprobado el Balance de fusión de cada una de las sociedades, el cerrado al día 31 de diciembre de 2005, que se corresponde con el último Balance anual aprobado, verificado por los Auditores de cuentas de la sociedad. Aricemex, S.A., es titular de la totalidad de las acciones de la sociedad absorbida, por lo tanto según lo dispuesto en el artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, no amplía capital social ni se produce el canje de acciones que se refiere el artículo 235, b) y c) de dicha Ley. Las operaciones realizadas por Hormigones Ciudad Real, S.A. (Sociedad unipersonal), se entenderán realizadas a efectos contables por Aricemex, S.A., a partir del 1 de enero de 2006. La fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno. No existen clases especiales de acciones ni derechos especiales distintos de las acciones. No se otorgan ventajas de ninguna clase a expertos independientes (cuya intervención no ha sido precisa) ni a los Administradores de las sociedades que participan en la fusión. Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión.

Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.

Madrid, 14 de julio de 2006.-El Administrador único, Cemex España, S.A., Repre. Francisco Ibáñez Díez.-45.090.

1.ª 24-7-2006

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