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Documento BORME-C-2006-143063

LA VANGUARDIA EDICIONES, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad parcialmente escindida) CRE-A IMPRESIONES DE CATALUNYA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad beneficiaria de la escisión parcial)

Publicado en:
«BORME» núm. 143, páginas 24049 a 24049 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-143063

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y disposiciones concordantes, se anuncia públicamente que las respectivas Juntas generales extraordinarias universales celebradas el 27 de julio de 2006, de las sociedades «La Vanguardia Ediciones, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal», y «Cre-A Impresiones de Catalunya, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal», han acordado por unanimidad, la escisión parcial de «La Vanguardia Ediciones, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal», mediante la segregación y transmisión en bloque a favor de «Cre-A Impresiones de Catalunya, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal», beneficiaria de la escisión parcial de rama de actividad, del patrimonio que conforma la unidad económica de impresión. La escisión se acordó por aprobación del proyecto de escisión y el Balance de escisión cerrado a 31 de mayo de 2006.

Que como consecuencia de los acuerdos adoptados en las citadas Juntas generales extraordinarias de ambas compañías, la entidad «La Vanguardia Ediciones, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal», sociedad escindida parcialmente, reducirá su capital social en 1.000.000 de euros y sus reservas en 8.000.000 euros, como contrapartida a la escisión parcial, y la entidad «Cre-A Impresiones de Catalunya, Sociedad Limitada, Sociedad unipersonal» beneficiaria de la escisión parcial, aumentará su capital social en 9.000.000 de euros. Al socio único de ambas compañías se le adjudicarán las nuevas participaciones sociales de la entidad beneficiaria de la escisión parcial como canje en la proporción de nueve por una. Las Juntas generales aprobaron las operaciones llevadas a cabo por la sociedad escindida, en relación al patrimonio escindido.

Se hace constar expresamente el derecho del socio único y de los acreedores de las sociedades que participan en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados, así como del Balance de escisión. Del mismo modo, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artícu-lo 166, en relación con el 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, de oponerse a la escisión parcial de rama de actividad, con los efectos previstos en la Ley, en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Barcelona, 27 de julio de 2006.-«La Vanguardia Ediciones, S. L. Sociedad unipersonal», Carlos Godo Valls representante del Administrador único «Grupo Godó de Comunicación, S. A.».-Cre-A Impresiones de Catalunya, S. L. Sociedad unipersonal», Juan Pablo Tornos Mas, Administrador único.-47.085. 1.ª 28-7-2006

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