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Documento BORME-C-2006-145104

VALLE, BALLINA Y FERNÁNDEZ, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 145, páginas 24319 a 24319 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-145104

TEXTO

Ampliación de capital social

La Junta general de la sociedad Valle, Ballina y Fernández, S. A., celebrada el pasado día 30 de junio de 2006, ha acordado aumentar el capital social hasta la cantidad de dos millones noventa y dos mil noventa y seis euros, hasta alcanzar la cifra de cuatro millones ciento ochenta y cuatro mil ciento noventa y dos euros mediante la emisión y puesta en circulación de 523.024 nuevas acciones, de la misma serie y clase y con los mismos derechos que las acciones actualmente en circulación, representadas por medio de títulos al portador y que podrán ser suscritas y habrán de ser desembolsadas por los accionistas de la sociedad en la proporción de una (1) acción por cada otra acción en circulación, mediante el desembolso del valor nominal de la acción, esto es cuatro euros por cada una, mas una prima de emisión de ocho euros por cada acción, que será desembolsada junto con el valor nominal lo que hace un desembolso total incluyendo la prima de doce euros por acción. Se reconoce a los señores accionistas, en los términos establecidos, el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones emitidas en la proporción de una acción por cada acción antigua de la que sean propietarios. Tendrán la consideración de accionistas de la sociedad todas aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del período suscripción que se establezca, aparezcan como titulares de acciones de la sociedad en cualquiera de los registros contables de la misma o en cualquiera de las entidades depositarias de acciones. Los derechos de suscripción de las nuevas acciones podrán ejercitarse durante un período mínimo de dos meses comprendidos entre el día 1 de agosto de 2006 y el día 30 de septiembre de 2006, ambos inclusive, en cuyo plazo podrán los accionistas ejercer su derecho preferente de suscripción y desembolso en los términos previstos en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, y para el caso en que por razones ajenas a la voluntad del Consejo, el anuncio no fuera publicado antes de esa fecha, en un plazo de dos meses desde la publicación de la oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín del Registro Mercantil (BORME), y en uno los periódicos de la Comunidad Autónoma. Dicha suscripción y desembolso se realizará de acuerdo a las siguientes modalidades y condiciones:

a) Durante el plazo de un mes que comienza a contar el día 1 de agosto de 2006 y concluye el 31 del mismo mes o en el caso de que la publicación se realizara en fecha posterior al 31 de julio de 2006, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha en que se indique en el oportuno anuncio publicado al efecto en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), deberán manifestar su deseo de vender los derechos de suscripción preferente o bien manifestar su deseo de ejercitar su derecho preferente de suscripción, todas aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del período suscripción, aparezcan como titulares de acciones de la sociedad en cualquiera de los registros contables de la sociedad o en cualquiera de las entidades depositarias de acciones. La asignación de las acciones objeto de aumento de capital podrá realizarse a través de cualquiera de las entidades referidas depositarias de las acciones.

b) Las personas físicas o jurídicas que, en el plazo antedicho, hayan adquirido de los otros accionistas que así lo determinaran, el derecho de suscripción preferente, o aquellos que hayan manifestado su intención de ejercitar el derecho de adquisición preferente, podrán ejercer su derecho de suscripción durante el plazo comprendido entre el día 1 y el día 30 de septiembre de 2006, ambos inclusive, previsto para la suscripción y desembolso, y en el caso de que la publicación del anuncio se produjera con posterioridad al 31 de julio de 2006, en el plazo de un mes contado a partir de la fecha que se produzca la publicación del anuncio referido en el Boletín del Registro Mercantil. c) Los derechos de suscripción, de acuerdo con el artículo 158.3 de la Ley de Sociedades Anónimas, serán transmisibles en las mismas condiciones de las acciones de las que deriven a través de las sociedades depositarias de las acciones, siendo precisa la comunicación de su venta a la propia compañía. d) El desembolso del aumento de capital, que resulte suscrito, será realizado al momento de ejercitar el derecho de suscripción. Se entenderá producido el desembolso cuando así se declare por el Consejo de Administración de conformidad con este acuerdo.

e) Las nuevas acciones que se emitan conferirán a sus propietarios idénticos derechos políticos y económicos que las acciones actualmente en circulación de la sociedad, en la forma especificada por la Ley y por los Estatutos sociales, concediendo a sus titulares derecho al dividendo desde el mismo día en que quede finalizada la ampliación.

Villaviciosa, 17 de julio de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración, Miguel de Valdés Cardín. 45.837.

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