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Documento BORME-C-2006-148070

GOLMAR SISTEMAS DE COMUNICACIÓN, S. A. (Sociedad absorbente) GOLMARFIN, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 24634 a 24634 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-148070

TEXTO

Acuerdo de fusión por absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes se hace público que las Juntas generales de «Golmar Sistemas de Comunicación, S. A.» (Junta extraordinaria) y de «Golmarfin, S. A.» (Junta ordinaria, extraordinaria y universal), celebradas ambas el día 30 de junio de 2006, aprobaron la fusión de dichas sociedades, absorbiendo la primera a la segunda de acuerdo con el contenido del proyecto de fusión aprobado y depositado y con las consideraciones sobre el tipo de canje indicadas en el informe del experto independiente nombrado por el Registro Mercantil de Barcelona, y siendo los Balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2005. La relación de canje son: Por cada (1) acción de la sociedad absorbida «Golmarfin, S. A.», 3,334674 acciones de la absorbente «Golmar Sistemas de Comunicación, S. A.», más 21,44 euros en metálico que, en proporción a su respectiva participación en la absorbida, habrán de aportar los socios de esta a la absorbente, según resulta del citado proyecto e informe del experto. Las acciones que han de ser entregadas a los accionistas de la absorbida dan derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión, fijada en el primero de enero de 2006. Los titulares de acciones de las sociedades absorbidas habrán de presentar, a efectos de su canje por acciones de la sociedad absorbente, los títulos, resguardos o documentos que acrediten dicha titularidad de manera suficiente en el domicilio social de absorbente y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que inscriba la fusión, los señores socios de la absorbida «Goldmarfin, S. A.», reciban noticia de tal inscripción mediante certificación cursada por la sociedad absorbente. De acuerdo con el artículo 242 de la citada Ley se hace constar el derecho de accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los Balances de fusión.

Los acreedores de las sociedades podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Cornellá de Llobregat y Barcelona, 20 de julio de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración de «Golmar Sistemas de Comunicación, S. A.», Isidro Golarons Campos, y la Administradora de «Golmarfin, S. A.», Giuseppina Faroldi.-47.343. 1.ª 3-8-2006

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