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Documento BORME-C-2006-151116

MULTAUTO AYUDAS MÚLTIPLES AL AUTOMOVILISTA, S. A. (Sociedad absorbente) LEGAL ASSISTANCE SERVICIOS JURÍDICOS INTEGRALES, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 25127 a 25127 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-151116

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas universales de accionistas de las sociedades unipersonales Multauto Ayudas Múltiples al Automovilista, Sociedad Anónima («Multauto»), y Legal Assistance Servicios Jurídicos Integrales, Sociedad Anónima («Legal Assistance»), celebradas en Madrid, y en el domicilio social el día 21 de junio de 2006, después de aprobar por unanimidad los balances de fusión cerrados al 31 de diciembre de 2005, acordaron, igualmente por unanimidad, la fusión entre Multauto Ayudas Múltiples al Automovilista, Sociedad Anónima, y Legal Assistance Servicios Jurídicos Integrales, Sociedad Anónima, mediante la absorción de la segunda (Legal Assistance) por la primera (Multauto), con disolución sin liquidación de Legal Assistance Servicios Jurídicos Integrales, Sociedad Anónima, y el traspaso en bloque, a título universal de su patrimonio a Multauto Ayudas Múltiples al Autonovilista, Sociedad Anónima, que adquirirá por sucesión universal el patrimonio, derechos y obligaciones de Legal Assistance Servicios Jurídicos Integrales, Sociedad Anónima. Las operaciones de Legal Assistance Servicios Jurídicos Integrales, Sociedad Anónima, habrán de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de Multauto Ayudas Múltiples al Automovilista, Sociedad Anónima, a partir del 1 de enero de 2006. Los acuerdos de fusión han sido adoptados por unanimidad conforme al Proyecto de Fusión redactado y suscrito conjuntamente por los Administradores únicos y mismos de ambas sociedades participantes. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, todo ello en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 21 de junio de 2006.-El Accionista único y Administrador único de las Sociedades unipersonales Multauto Ayudas Múltiples al Automovilista, S. A., y Legal Assistance Servicios Jurídicos Integrales, S. A., Europ Assistance España, S. A., de Seguros y Reaseguros, Representante Legal, Juan Carlos Guzmán Acha.-47.585.

1.ª 7-8-2006.

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