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Las Juntas Generales extraordinarias y universales de las citadas sociedades, celebradas todas ellas el treinta de junio de 2006, acordaron por unanimidad de fusión de dichas sociedades, mediante su extinción y transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios a la sociedad Proyectos y Promociones Inpar, S. L. de nueva creación, en los términos y condiciones contenidos en el proyecto de fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de la fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de la ley de sociedades anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 14 de julio de 2006.-Administrador único de la sociedad Proyectos y Promociones Inpar, S. L., Pedro Arribas Marañón; El Administrador único de las Sociedades: Promociones Alquinpar, S. L., sociedad unipersonal; Gestiones Codira, S. L., sociedad unipersonal; Isabel Méndez 20, S. L., sociedad unipersonal; Restylupe, S. L. sociedad unipersonal., La sociedad Proyectos y Promociones Inpar, S. L.-51.400.
1.ª 30-8-2006
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