Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BORME-C-2006-199005

AMMA GEROGESTIÓN, S. L. (Absorbente) ASISTENCIAL LUGO, S.A.U. RECURSOS ASISTENCIALES, S.L.U. (Absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 34177 a 34178 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-199005

TEXTO

A los efectos de lo previsto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Universales de 16 de octubre de 2006 de las sociedades Amma Gerogestión, Sociedad Limitada , Asistencial Lugo, Sociedad Anónima Unipersonal y Recursos Asistenciales, Sociedad Limitada Unipersonal, han acordado por unanimidad, de conformidad con el Proyecto de Fusión suscrito por todos los administradores de las sociedades intervinientes y presentado para su depósito en los Registros Mercantiles de Valladolid y Navarra, la fusión por absorción de Asistencial Lugo, Sociedad Anónima Unipersonal y Recursos Asistenciales, Sociedad Limitada Unipersonal por Amma Gerogestión, Sociedad Limitada, quedando Asistencial Lugo, Sociedad Anónima Unipersonal y Recursos Asistenciales, Sociedad Limitada Unipersonal, disueltas sin liquidación, al ser absorbidas por Amma Gerogestión, Sociedad Limitada, que sucederá en todo el patrimonio de aquéllas y se subrogará en todos los derechos y obligaciones de las mismas, pero no aumentará su capital social por ser antes propietaria del cien por cien del capital social de las absorbidas, de forma directa en cuanto a Recursos Asistenciales, Sociedad Limitada Unipersonal y de forma indirecta en cuanto a Asistencial Lugo, Sociedad Anónima Unipersonal.

Por dicho motivo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y a los socios y a los accionistas de las sociedades participantes en la fusión de obtener en el domicilio social o solicitar el envío gratuito del texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de dichas sociedades de oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a las personas a que se refiere el Artículo 238 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas a examinar en el domicilio social los documentos relacionados en el mismo precepto.

Valladolid, 16 de octubre de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración de todas las sociedades. Roberto Ducay Azparren.-59.145.

1.ª 17-10-2006

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid