Fusión
Se hace público que el socio único de las citadas compañías, en ejercicio de las funciones de las respectivas juntas generales de socios y accionistas, decidió el día 30 de junio de 2006 su fusión mediante la absorción de Fiberblade, Sociedad Anónima, Fiberblade, Norte, Sociedad Anónima y Componentes Eólicos de Navarra, Sociedad Anónima, todas ellas Unipersonales, por Gamesa Eólica Investigación y Desarrollo, Sociedad Limitada Unipersonal, todas ellas participadas en su integridad, directa o indirectamente, por un mismo socio, Gamesa Eólica, Sociedad Anónima Unipersonal. Asiste a los señores socios y a los acreedores el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos y los balances de fusión, y a los acreedores el derecho de oposición a la fusión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
En Pamplona (Navarra), 3 de octubre de 2006.-Don César Fernández de Velasco, legal representante del Administrador Único de Fiberlade, Sociedad Anónima Unipersonal, Fiberblade Norte, Sociedad Anónima Unipersonal y Componentes Eólicos de Navarra, Sociedad Anónima Unipersonal. Don Guillermo Ulacia Arnaiz, legal representante del Administrador Único de Gamesa Eólica Investigación y Desarrollo, Sociedad Limitada Unipersonal.-59.322.
1.ª 18-10-2006
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