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Documento BORME-C-2006-200050

PROMOCIÓN PROFESIONAL DE RESIDENCIAS, S. A. U. (Absorbente) AMMA RESIDENCIAL IBERIA, S. L. RESIDENCIAS MADRID IBERIA, S. A. GEROGESTIÓN SERVICIOS GERONTOLÓGICOS, S. A. U. ASISTENCIAL ARGANZUELA, S. A. U. ASISTENCIAL COLMENAR, S. A. U. ASISTENCIAL COSLADA, S. A. U. ASISTENCIAL EL PINAR, S. A. U. ASISTENCIAL GUADALAJARA, S. A. U. ASISTENCIAL HORTA, S. A. U. ASISTENCIAL HUMANES, S. A. U. ASISTENCIAL SANT VICENÇ, S. A. U. ASISTENCIAL SANT CUGAT, S. A. U. ASISTENCIAL TEIA, S. A. U. ASISTENCIAL VALLECAS, S. A. U. ASISTENCIAL VICÁLVARO, S. A. U. ASISTENCIAL VILANOVA, S. A. U. (Absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 200, páginas 34398 a 34399 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-200050

TEXTO

A los efectos de lo previsto en los Artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada se hace público que las Juntas Generales Universales de 16 de octubre de 2006 de las sociedades, Promoción Profesional de Residencias, Sociedad Anónima Unipersonal, Amma Residencial Iberia, Sociedad Limitada, Residencias Madrid Iberia, Sociedad Anónima, Gerogestión Servicios Gerontológicos, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Arganzuela, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Colmenar, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Coslada, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial El Pinar, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Guadalajara, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Horta, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Humanes, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Sant Vicenç, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial San Cugat, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Teia, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Vallecas, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Vicálvaro, Sociedad Anónima Unipersonal y Asistencial Vilanova, Sociedad Anónima Unipersonal, han acordado por unanimidad, de conformidad con el Proyecto de Fusión suscrito por todos los administradores de las sociedades intervinientes y presentado para su depósito en los Registros Mercantiles de Valladolid y Navarra, la fusión por absorción de Amma Residencial Iberia, Sociedad Limitada, Residencias Madrid Iberia, Sociedad Anónima, Gerogestión Servicios Gerontológicos, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Arganzuela, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Colmenar, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Coslada, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial El Pinar, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Guadalajara, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Horta, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Humanes, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Sant Vicenç, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial San Cugat, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Teia, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Vallecas, Sociedad Anónima Unipersonal, Asistencial Vicálvaro, Sociedad Anónima Unipersonal y Asistencial Vilanova, Sociedad Anónima Unipersonal por Promoción Profesional de Residencias, Sociedad Anónima Unipersonal, quedando, por lo tanto, las sociedades absorbidas, disueltas sin liquidación, al ser absorbidas por la sociedad absorbente, que sucederá en todo el patrimonio de aquéllas y se subrogará en todos los derechos obligaciones de las mismas, pero no aumentará su capital social tratándose de una fusión simplificada de las reguladas en el Artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas. Por dicho motivo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y a los socios y a los accionistas de las sociedades participantes en la fusión de obtener en el domicilio social o solicitar el envío gratuito del texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de dichas sociedades de oponerse a la fusión en los términos previstos en el Artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes contado a desde la publicación del último anuncio de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a las personas a que se refiere el Artículo 238 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas a examinar en el domicilio social los documentos relacionados en el mismo precepto.

Valladolid, 16 de octubre de 2006.-El Presidente del Consejo de Administración de todas las sociedades, Roberto Ducay Azparren.-59.146. y 3.ª 19-10-2006

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