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Documento BORME-C-2006-204034

DORWIN EQUIPOS DE DESCANSO, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad parcialmente escindida) FLEX EQUIPOS DE DESCANSO, SOCIEDAD ANÓNIMA Unipersonal (Sociedad beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 204, páginas 35031 a 35031 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-204034

TEXTO

Anuncio de acuerdo de escisión

A efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace publico que el día 16 de octubre de 2006 los socios únicos de «Dorwin Equipos de Descanso, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Flex Equipos de Descanso, Sociedad Anónima Unipersonal», ejerciendo las competencias de sus respectivas Juntas generales, en los términos establecidos por la legislación vigente, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de la sociedad «Dorwin Equipos de Descanso, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad parcialmente escindida), que no se extinguirá, mediante la segregación de parte de su patrimonio, consistente en la rama de actividad de fabricación de equipos de descanso, a favor de su socio único «Flex Equipos de Descanso, Sociedad Anónima Unipersonal» (sociedad beneficiaria de la escisión), quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones relativos a la rama de actividad segregada, de conformidad con el proyecto de escisión suscrito por los Administradores de las mismas y depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 4 de octubre de 2006 y sobre la base de los Balances cerrados a 31 de agosto de 2006, ambos aprobados por dichos socios únicos. La escisión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2007. Como consecuencia de la escisión «Dorwin Equipos de Descanso, Sociedad Limitada Unipersonal» adoptó el acuerdo de reducir su capital social en la cuantía de un millón veintinueve mil quinientos euros (1.029.500 euros), mediante la amortización de dos mil cincuenta y nueve (2.059) participaciones sociales, modificando por tanto el artículo 6.º de los Estatutos sociales, relativo al capital social.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de escisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, así como el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades de oponerse a la escisión, en los términos previstos en el artículo 166, por remisión del artículo 243, de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 18 de octubre de 2006.-El Administrador único de Darwin Equipos de Descanso, Sociedad Limitada Unipersonal, Rafael González Beteré, y el Consejero Delegado de Flex Equipos de Descanso, Sociedad Anónima Unipersonal, Rafael González Beteré.-59.921.

2.ª 24-10-2006

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