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Documento BORME-C-2006-215041

DISTRIBUCIONES ELECTROTÉCNICAS GRANADINAS, S. A. (Sociedad absorbente) DEGRA CABLES, S. A. Unipersonal DEGRA OLIVARES, S. A. (Unipersonal) (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 36974 a 36975 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-215041

TEXTO

Anuncio de fusión simplificada por absorción

A efectos de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Universal de accionistas de «Distribuciones Electrotécnicas Granadinas, Sociedad Anónima», el socio único de «Degra Cables, Sociedad Anónima Unipersonal», y el de «Degra Olivares, Sociedad Anónima Unipersonal», han acordado y decidido respectivamente, con fecha 7 de noviembre de 2006, su fusión mediante la absorción por la primera de las otras dos, originándose la extinción por disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, con la consiguiente transmisión en bloque del patrimonio de éstas dos sociedades a la absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las absorbidas. Dichos acuerdos han sido adoptados de conformidad con el Proyecto de Fusión redactado por los Administradores de las sociedades participantes y depositado en el Registro Mercantil de Granada, el día 3 de octubre de 2006, habiéndose aprobado como balances de fusión de cada una de las sociedades implicadas el cerrado a 30 de junio de 2006. «Distribuciones Electrotécnicas Granadinas, Sociedad Anónima», es titular de la totalidad de las acciones de «Degra Cables, Sociedad Anónima Unipersonal», y de «Degra Olivares, Sociedad Anónima Unipersonal», por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede el aumento de capital de la primera ni el canje de acciones referido en el artículo 235 del citado texto legal. Las operaciones realizadas por las sociedades absorbidas se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente a partir del día 1 de julio de 2006, asimismo, no se prevé el reconocimiento de derecho especial alguno. Tampoco existen acciones de clases especiales, ni derechos especiales distintos de las acciones, ni se otorgan ventajas de ninguna clase a los administradores de las sociedades que se fusionan.

Se hace constar expresamente, que asiste a los señores accionistas y acreedores, de dichas sociedades el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones adoptados y los Balances de fusión que se encuentran a su disposición en los domicilios sociales, y a los acreedores, el derecho de oposición a la fusión, en los términos del artículo 243 y 166 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Pulianas (Granada), 8 de noviembre de 2006.-Francisco González Alamilla, por poder de «Distribuciones Electrotécnicas Granadinas, Sociedad Anónima», Administrador único de «Degra Cables, Sociedad Anónima Unipersonal», y de Degra Olivares, Sociedad Anónima Unipersonal», y como Administrador único de «Distribuciones Electrotécnicas Granadinas, Sociedad Anónima».-64.728. 1.ª 13-11-2006

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