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Documento BORME-C-2006-220020

CARMELO TOSCO, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) DIVISIÓN CARMELO TOSCO E HIJOS, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 37922 a 37922 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-220020

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público:

Primero.-Que el día 30 de junio de 2006 las Juntas universales de «Carmelo Tosco, Sociedad Anónima» (entidad mercantil absorbente) y de «División Carmelo Tosco e Hijos, Sociedad Anónima» (compañía mercantil absorbida), han aprobado la fusión por absorción de esta última sociedad.

Segundo.-La fusión se ha efectuado conforme al proyecto redactado conjuntamente por los Administradores de las antes referidas sociedades, y depositado en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife el día 31 de julio de 2006. Tercero.-Los Estatutos de la sociedad y los Administradores serán los de «Carmelo Tosco, Sociedad Anónima». Cuarto.-El Balance, a 31 de diciembre de 2005 de las sociedades absorbente y absorbida, son los que servirán a efectos de la fusión. Quinto.-El canje de acciones se realizará en los términos descritos en el proyecto de fusión. Sexto.-Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2006. Séptimo.-Por la plena propiedad de la absorbente sobre la absorbida no existe ningún tipo de ventaja ni para accionistas, ni para Administradores ni titulares de derechos especiales. Octavo.-Se aprobó la disolución de «División Carmelo Tosco e Hijos, Sociedad Anónima», sin liquidación y el consiguiente traspaso de su patrimonio a la absorbente. Noveno.-Los Administradores informan que no existen modificaciones importantes en el Activo y Pasivo posteriores al proyecto de fusión. Se hace constar que se ha cumplido con lo dispuesto en el artículo 238 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas y el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de fusión, asimismo el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

El proyecto de fusión fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil número 198 del día 17 de octubre de 2006.

Santa Cruz de Tenerife, 23 de octubre de 2006.-Ángeles María Tosco García, Consejera Delegada.-65.552.

1.ª 20-11-2006

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