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Documento BORME-C-2006-230019

CARPOL INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) IBERLIGURE INMOBILIARIA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 230, páginas 39841 a 39841 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-230019

TEXTO

Anuncio de fusión

Por medio del presente se hace público que las Juntas Generales de las compañías «Carpol Inversiones, Sociedad Limitada» e «Iberligure Inmobiliaria, Sociedad Limitada», en sus reuniones celebradas en el respectivo domicilio social el día 18 de octubre del 2006, aprobaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por la primera de la segunda, que queda disuelta sin liquidación, extinguiéndose, y la transmisión a «Carpol Inversiones, Sociedad Limitada» de la totalidad del patrimonio de «Iberligure Inmobiliaria, Sociedad Limitada» y, por tanto, la adquisición por sucesión universal de todos los derechos y obligaciones de esta. Todo ello en los términos del proyecto de fusión aprobado igualmente por unanimidad en las expresadas Juntas, y que con fecha 12 de septiembre del 2006 fue objeto de depósito en el Registro Mercantil de la provincia de Tenerife. Por lo tanto, queda disuelta y extinguida la sociedad «Iberligure Inmobiliaria, Sociedad Limitada», sin liquidación, que desaparece del tráfico jurídico, siendo la sociedad «Carpol Inversiones, Sociedad Limitada», quien sucede en todos los derechos y obligaciones de la sociedad extinguida, considerándose realizadas a partir del 1 de enero del 2007, a efectos contables, por la sociedad absorbente, todas las operaciones llevadas a cabo por «Iberligure Inmobiliaria, Sociedad Limitada». A partir de tal fecha las nuevas participaciones sociales darán derecho a participar en las ganancias de la sociedad absorbente.

Expresamente se hacer constar el derecho que asiste a los socios acreedores de las sociedades que participan en la escisión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión. También el derecho de los acreedores de oponerse a las escisión, en los términos previstos en el art. 166 LSA y durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de Junta General.

Arona, 24 de noviembre de 2006.-El Administrador único de «Carpol Inversiones, Sociedad Limitada», e «Iberligure Inmobiliaria, Sociedad Limitada», don José Luis Díaz García.-68.766.

1.ª 4-12-2006

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