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Documento BORME-C-2006-237019

CERÁMICA SANTA FAZ-VIUDA E HIJOS DE JOSÉ MARCOS COVES, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 41340 a 41340 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-237019

TEXTO

Por resolución de fecha 10 de noviembre de 2006, dictada en los presentes autos de solicitud de convocatoria judicial y junta general, tramitados con el número 343/06-B, rectificada mediante otra resolución de fecha 29 de noviembre de 2006, se acuerda convocar a los señores socios de la mercantil Cerámica Santa Faz-Viuda e Hijos de José Marcos Coves, S. A., a la Junta general que se celebrará en el domicilio social, sito en Aspe (Alicante), calle Santa Faz, sin número, el próximo día 18 de enero de 2007, a las dieciséis horas, en primera convocatoria, y el día 19 de enero de 2007, a las dieciséis horas, en segunda convocatoria, actuando de Presidente el Colegiado de Orihuela don José María Penalva Llopis, celebrándose la Junta con las formalidades previstas en la LSRL, y con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.-Modificación de los artículos 15, 17, 19, 20, primer párrafo del artículo 21, capítulo IV (artículos 22, 23 y 24), y artículo 33 de los Estatutos Sociales que quedarán redactados en los siguientes términos:

«Artículo 15.º Los órganos de la sociedad son: a) la Junta general, b) el órgano de Administración, constituido por dos Administradores Mancomunados.

Artículo 17.º Las juntas generales se celebrarán bajo la Presidencia y Secretaría de los socios asistentes que se designen entre éstos. Artículo 19.º Órganos de la administración: La Administración de la Sociedad, su representación en juicio y fuera de él, y el uso de la firma social corresponderá a dos Administradores mancomunados que ejercitarán el poder de representación de la sociedad conjuntamente y que no precisarán ostentar la condición de socios. No podrán ser administradores de la sociedad quienes incurran en las prohibiciones contempladas en el artículo 124 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, o en otras disposiciones legales aplicables y vigentes. Artículo 20.º Duración del cargo: El plazo de duración del cargo de Administrador será el de seis años. Artículo 21.º Facultades del órgano de Administración: la representación y administración de la sociedad atribuida por la Ley y estos estatutos del Órgano de Administración de la sociedad se extiende a todos los actos comprendidos en el objeto social. El resto del artículo queda con su redacción actual. Capítulo IV: Régimen del Consejo de Administración: Quedan sin contenido todos los artículos de dicho capítulo, es decir, los artículos 22, 23 y 24. Artículo 33.º El nombramiento de los liquidadores dará fin a los poderes y atribuciones del órgano de administración, que deberán rendir cuentas de su gestión a la Junta general, haciendo entrega a la misma de las cuentas, libros y documentos que hagan referencia a su gestión social.» Segundo.-Cese de los actuales administradores sociales y miembros del Consejo de Administración. Tercero.-Nombramiento de los nuevos Administradores sociales. Cuarto.-Sometimiento del nombramiento de Administradores a los designados, si estuvieran presentes, para que, en su caso, se pronuncien sobre la aceptación o no del nombramiento. Quinto.-Ratificación de la propuesta de convenio urbanístico entre la mercantil Cerámica Santa Faz-Viuda e Hijos de José Marcos Coves, S. A., y el excelentísimo Ayuntamiento de Aspe y de la presentación de la misma, con fecha 21 de febrero de 2006, realizada por don Rogelio y doña Antonia Marcos Martínez, así como aceptación del acuerdo del excelentísimo Ayuntamiento de Aspe de fecha 25 de mayo de 2006, por el que se aprueba la referida propuesta de convenio urbanístico. Sexto.-Facultar expresa y específicamente al órgano de Administración como único representante legal de la sociedad en orden al otorgamiento de los documentos públicos o privados, necesarios, convenientes u oportunos para la formalización y cumplimiento de lo acordado, en su caso, conforme al ordinal precedente. Séptimo.-Facultar a la persona, o personas, que designe la Junta general para formalizar y elevar a públicos los acuerdos que se adopten al objeto de la inscripción en el Registro Mercantil de los acuerdos que, de entre los adoptados, sean susceptibles o precisen de dicha inscripción.

Se hace constar el derecho que tienen los socios de solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día y que a partir de la convocatoria de la Junta general cualquier socio podrá examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta y del informe sobre la misma y de pedir la entrega y envío gratuito de dichos documentos.

Alicante, 29 de noviembre de 2006.-El Secretario Judicial, don Virginio Sánchez Barberán.-71.532.

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