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A los efectos previstos en el artículo 117 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y 246 del Reglamento del Registro Mercantil, el socio único de la mercantil Inversiones Max 2.015, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal, por decisión adoptada el día 30 de noviembre de 2006, conforme a lo establecido en el artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, ha acordado su disolución, mediante la cesión global del activo y pasivo de la Sociedad, a la mercantil de nacionalidad Panameña Elepe Max, Sociedad Anónima, propietaria de la totalidad de su Capital Social.
A los efectos previstos en el artículo 117 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar el derecho de los acreedores de la Sociedad cedente y de la mercantil cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión, así como oponerse a la cesión en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos para el caso de fusión.
Madrid, 5 de diciembre de 2006.-El Administrador único, Carmelo Troccoli.-71.696.
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