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Documento BORME-C-2006-38074

MAYURRESTA, S. L. RECAIZPURU, S. A. MAYOBERE, S. L. IZACUTZA, S. L. REZALKORTA, S. L. ZAIAZPA, S. L. (Sociedades totalmente escindidas) ICUAZUR, S. L. (Sociedad beneficiaria existente) y siete sociedades beneficiarias de nueva creación

Publicado en:
«BORME» núm. 38, páginas 5875 a 5875 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-38074

TEXTO

Anuncio de escisión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de socios y accionistas de las sociedades «Mayurresta, Sociedad Limitada», «Recaizpuru, Sociedad Anónima», «Mayobere, Sociedad Limitada», «Izacutza, Sociedad Limitada», «Rezalkorta, Sociedad Limitada» y «Zaiazpa, Sociedad Limitada», celebradas todas ellas con carácter universal el 21 de febrero de 2006, han acordado respectivamente su escisión total mediante la división del patrimonio de las cinco primeras en dos partes y la división del patrimonio de la última de ellas en tres partes, traspasándose una parte de cada una de las sociedades escindidas a la sociedad «Icuazur, Sociedad Limitada», mientras que las restantes partes resultantes se traspasan cada una de ellas a siete sociedades de nueva creación, constituyéndose todas ellas simultáneamente y como consecuencia de la escisión total de la sociedad de la que reciben su patrimonio.

Asimismo, la sociedad «Icuazur, Sociedad Limitada» acordó el día 21 de febrero de 2006 la recepción y adquisición de las partes de los patrimonios que le corresponden como consecuencia de la escisión total de las sociedades «Mayurresta, Sociedad Limitada», «Recaizpuru, Sociedad Anónima», «Mayobere, Sociedad Limitada», «Izacutza, Sociedad Limitada», «Rezalkorta, Sociedad Limitada» y «Zaiazpa, Sociedad Limitada».

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Asimismo, los acreedores de las sociedades intervinientes podrán oponerse a las respectivas escisiones en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

San Sebastián (Guipúzcoa), 22 de febrero de 2006.-Dionisio Mayoz Urrestarazu, Administrador único de «Mayurresta, Sociedad Limitada»; Miren Agate Recondo Aizpurua, Administradora única de «Recaizpuru, Sociedad Anónima»; Juan Ignacio Mayoz Echeverría Berreyarza, Administrador único de «Mayobere, Sociedad Limitada»; María Iciar Izaguirre Beloqui, Administradora única de «Izacutza, Sociedad Limitada»; José Ignacio Múgica Rezabal, Administrador solidario de «Rezalkorta, Sociedad Limitada»; José Antonio Azpeitia Egaña, Administrador solidario de «Zaiazpa, Sociedad Limitada»; Sebastián Icutza Aizpurua, Administrador único de «Icuazur, Sociedad Limitada».-8.501. 1.ª 23-2-2006

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