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Documento BORME-C-2006-42034

CLUB DEPORTIVO CASTELLÓN, S.A.D.

Publicado en:
«BORME» núm. 42, páginas 6529 a 6530 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-42034

TEXTO

Ampliación de capital

En virtud de los acuerdos adoptados por la Junta General de accionistas del «Club Deportivo Castellón, Sociedad Anónima Deportiva», reunida en primera convocatoria el pasado 19 de enero de 2006, previa convocatoria realizada en debida forma, y de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración del día 15 de febrero de 2006 como consecuencia de las facultades delegadas en el mismo por la Junta de accionistas, se comunica a los señores accionistas que se va a proceder a ampliar el capital social con la consecuente modificación de los artículos 5.º y 6.º de los Estatutos Sociales en base al informe emitido por los administradores, que se realizará en los términos y condiciones siguientes:

El Capital Social se aumenta por un importe nominal total 2.284.000 euros. La ampliación de capital acordada se realizará mediante la emisión y puesta en circulación de 50.000 acciones ordinarias nuevas de 45,68 euros de valor nominal cada una de ellas, de iguales derechos y características que las existentes actualmente, en la proporción de 2 acciones nuevas por cada 1 antigua confiriendo cada acción antigua un derecho de suscripción preferente a estos efectos.

Las nuevas acciones se emitirán con una prima de emisión de 0,32 euros por acción, lo que supone un precio de emisión total 46 euros por acción; El importe total de la emisión asciende a 2.300.000 euros. El procedimiento de suscripción del aumento de capital se realizará en 3 fases o períodos; Son destinatarios de la ampliación de capital los que se contemplan en cada uno de los períodos de suscripción que a continuación se detallan:

Fase I: Período de suscripción preferente: Los derechos de suscripción preferente podrán ser ejercitados durante un período de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la oferta de suscripción de acciones nuevas de la sociedad en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, los accionistas que ejerciten total o parcialmente los derechos de suscripción preferente, podrán asimismo, solicitar simultáneamente, en el correspondiente boletín de suscripción, acciones adicionales para el supuesto de que al término del período quedasen acciones no suscritas.

Fase II: Período de asignación de acciones sobrantes: en el supuesto de que finalizado el período de suscripción preferente hubiera acciones sobrantes, éstas se distribuirán entre los suscriptores que hayan concurrido al primer período que hubieran notificado la solicitud de acciones sobrantes, calculándose nueva relación de cambio acorde al capital, y total acciones suscritas y desembolsadas, fijado en la modificación de los artículos 5.º y 6.º de los Estatutos de la sociedad tras la ejecución de la primera fase; Este período transcurrirá durante 30 días naturales pasados 3 días desde la finalización del período de suscripción preferente. Fase III: Período de asignación discrecional: Si transcurridos los períodos anteriores, existiera aun remanente de acciones sin suscribir, podrá el Consejo de Administración asignar y adjudicar a cualquier tercero que lo solicite, todas o parte de dichas acciones; Esta adjudicación, tendrá lugar, en su caso en los 30 días hábiles siguientes a los 3 días posteriores a la conclusión del período de asignación de acciones sobrantes.

El desembolso íntegro de cada acción nueva, el nominal más su prima de emisión, suscrita en cada uno de las fases de suscripción, se realizará por los suscriptores en el momento de la suscripción, en la forma que indique el «Club Deportivo Castellón Sociedad Anónima Deportiva».

Se hace constar que en el presente aumento de capital se contempla expresamente el supuesto de suscripción incompleta en cada una sus fases, a los efectos de lo establecido en los artículos 161 y 162 de la Ley de sociedades Anónimas, asimismo se hace constar que de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.1 apartado e) del Real Decreto 1310/2005, la presente ampliación de capital no tiene la consideración de oferta pública de valores.

Castellón de la Plana, 15 de febrero de 2006.-Presidente, José Laparra Estellés.-8.224.

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