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Documento BORME-C-2006-53008

CABYC, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) CABYC PHARMA, SOCIEDAD LIMITADA LABORAL (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 8200 a 8200 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-53008

TEXTO

En cumplimento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de socios de «Cabyc, Sociedad Limitada» ha acordado la fusión por absorción de «Cabyc Pharmar, Sociedad Limitada Laboral», y la escisión parcial de una parte del patrimonio de sociedad resultante de la fusión, constitutivo de una unidad económica consistente en los inmuebles e instalaciones, en favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación que se denominará «Dipercap Inversiones, Sociedad Limitada», todo ello en los términos previstos en el proyecto de fusión y escisión parcial, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, y según el Balance de fusión y escisión parcial, cerrado a 31 de diciembre de 2005. Como consecuencia de la fusión, primeramente, se ha acordado ampliar el capital social de «Cabyc, Sociedad Limitada» en la cantidad de 2.055,47 euros, mediante la emisión de 342 participaciones sociales de 6,01021 euros de valor nominal cada una. Asimismo, se emite una prima de asunción de 120.355,11 euros. A continuación y en el mismo acto, la escisión parcial se realizará mediante la reducción del valor nominal de todas las participaciones de «Cabyc Sociedad Limitada» en el importe total de 1.999,58 euros, de forma que las mismas queden con un valor nominal de 4,52 euros, cada una. El capital social final quedará fijado en 6.066,01 euros. Asimismo, «Cabyc, Sociedad Limitada» reducirá sus reservas en la cifra de 97.247,54 euros, reducirá la prima de asunción de 120.355,11 euros, así como el importe de beneficios devengado a 31 de diciembre de 2005 en el importe de 302.424,36 euros. Se hace constar, de conformidad con el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de «Cabyc, Sociedad Limitada» y de «Cabyc Pharma, Sociedad Limitada Laboral» de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión y escisión parcial.

Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de «Cabyc, Sociedad Limitada» y de «Cabyc Pharma, Sociedad Limitada Laboral» de oponerse a la fusión y escisión parcial, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión y escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 166 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid a, 20 de febrero de 2006.-La Administradora solidaria de «Cabyc, Sociedad Limitada», María Isabel Pérez Fernández.-11.404. y 3.ª 16-3-2006

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