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Documento BORME-C-2006-53099

PUBLICACIONES DE ALBACETE, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 8211 a 8211 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-53099

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el siguiente acuerdo adoptado por la Junta General Extraordinaria de la sociedad celebrada el 3 de marzo de 2006:

La Junta acuerda, por mayoría del 55,64 por 100 de su capital social, proceder a una ampliación de capital social que contará con las siguientes caracteristicas: Cuantía: 84.911,86 euros.

Prima de emisión: 915.066,96 euros. Número de acciones nuevas a emitir: creación de 4.462 acciones de nueva Serie (Serie II), de 19,03 euros de valor nominal y con una prima de emisión de 205,08 euros por acción, representadas por títulos valores que contarán con los requisitos y menciones legalmente exigidas. Clase de acciones: Ordinarias. Tipo de acciones: Nominativas. Numeración de las acciones: Del 4.463 a la 8.924, ambas inclusive. Contravalor: Mediante aportación dineraria de 999.978,82 euros, 84.911,86 en concepto de capital social y 915.066,96 euros en concepto de prima de emisión. Derechos de las nuevas acciones: Gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones que ya estuvieran en circulación antes de efectuar la ampliación de capital, de tal forma que, dado que las nuevas acciones que se emiten tienen valor nominal diferente, todas las acciones tendrán los mismos derechos en proporción al porcentaje que en el capital social ostente su valor nominal. Desembolso: Habrá de efectuarse en el 100 por 100 de su valor nominal más prima de emisión en el momento de realizar la suscripción y mediante transferencia bancaria a la cuenta número 0140757898 que la sociedad tiene abierta en la sucursal 1000 (O.P.) de la entidad 2105 (CCM). El derecho de suscripción sólo podrá acreditarse con el resguardo bancario del desembolso. Si no se efectúa el desembolso en fecha, se entenderá que se ha renunciado al ejercicio del derecho de suscripción preferente. No existen titulares de obligaciones convertibles. Derecho de suscripción preferente: Los accionistas tienen derecho a suscribir una acción nueva por cada una de las antiguas acciones que ya posean. Período de suscripción: Los accionistas podrán suscribir, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del anuncio de suscripción de la nueva emisión en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil», un número de acciones proporcional al número de acciones que poseyeran con anterioridad a la ampliación. Si el último día del plazo de suscripción fuera inhábil, éste se entenderá extendido hasta el primer día hábil siguiente. Para el caso de no haberse cubierto en dicho plazo la totalidad de la nueva emisión, por los antiguos accionistas, en proporción a su participación en el capital social, las acciones no suscritas se ofrecerán dentro del plazo de cinco días a contar desde que finalice el plazo de suscripción en primer término, a los accionistas que hubieran ejercido su derecho de inscripción por todas las que posean. Si varios ejercitan este derecho, se prorratearán las acciones no suscritas entre ellos en proporción a las que hubieren suscrito, para lo que deberán personarse en el domicilio social ese quinto día. Conocido el resultado de este prorrateo deberán proceder a la suscripción y proceder al ingreso del total nominal más la prima de emisión de las acciones suscritas, dentro de los dos días siguientes.

Si el aumento de capital previsto no se suscribiera íntegramente por los accionistas en la forma prevista anteriormente, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas, en virtud de la facultad dispuesta en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Albacete, 6 de marzo de 2006.-La Secretaria del Consejo de Administración, María Isabel López-Vera Chapín.-11.825.

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