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Documento BORME-C-2006-61116

TERRENOS DE ESPAÑA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 61, páginas 9654 a 9654 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-61116

TEXTO

(En liquidación)

Doña María Jesús López Chacón, Magistrada-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 2 de los de esta ciudad y su partido judicial, después de haber examinado los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía n.º 248/2000, incoado en virtud de demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Concepción Iglesias Martín, en nombre y representación de don José María Salazar Antúnez, asistida por el letrado don José Luis Hernández Trejo, contra la mercantil Terrenos de España, S.A., declarada en rebeldía, ha pronunciado la siguiente sentencia:

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora doña Concepción Iglesias Martín en nombre y representación de don José María Salazar Antúnez contra la mercantil Terrenos de España, S.A., declarada en rebeldía, debo efectuar y efectúo los siguientes pronunciamientos:

1. Ordenar publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor circulación en el domicilio de la sociedad.

2. Ordenar abrir el período de liquidación cuyas operaciones se realizarán en ejecución de sentencia. 3. Nombrar liquidador de la sociedad Terrenos de España, S.A. a don José María Salazar Antúnez, mayor de edad, casado, vecino de León, calle La Red de Valdetuéjar, y con DNI número 24.682.846-M, por todo el período que dure la liquidación de la sociedad, ordenando la inscripción de su nombramiento en el Registro Mercantil. 4. Ordenar realizar en ejecución de sentencia las gestiones y actuaciones necesarias para efectuar la liquidación de la sociedad y el reparto entre los accionistas del haber social existente de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por Real Decreto Legislativo 1567/1989, de 22 de diciembre. Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento en costas. Notifíquese esta sentencia a todas las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interposición de recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, a resolver por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos de su razón, notificación y cumplimiento, y póngase la misma en el libro de sentencias civiles de este Juzgado. Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Terrenos de España, S.A., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Arganda del Rey, 22 de febrero de 2006.-El Secretario.-13.815.

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