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Documento BORME-C-2006-72036

AVANZIT, SOCIEDAD ANONIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 11668 a 11669 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2006-72036

TEXTO

Ampliación de capital

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de Avanzit, Sociedad Anonima (en adelante, la Compañía o Avanzit), con domicilio social en Madrid, calle Alcalá, n.º 518, se comunica que el Consejo de Administración de Avanzit celebrado el 13 de marzo de 2005, por delegación de la Junta General de Accionistas de 28 de octubre de 2005, adoptó, entre otros acuerdos, la ejecución de una ampliación de capital social (en adelante, la «oferta») mediante aportaciones dinerarias, adoptado al amparo del artículo 153.1.a) de la Ley de Sociedades Anónimas y de la delegación concedida por la mencionada Junta General de 28 de octubre de 2005, cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan y desarrollan a continuación:

Primero.-Importe de la ampliación y acciones a emitir: El capital social se incrementa en un importe nominal de treinta y un millones treinta y tres mil ochenta y dos euros (31.033.082 euros) y un importe efectivo bruto de cuarenta y nueve millones seiscientos cincuenta y dos mil novecientos treinta y un euros con veinte céntimos de euro (49.652.931,20 euros), asumiendo la completa suscripción de la ampliación de capital. La ampliación de capital acordada se realizará mediante la emisión y puesta en circulación de 31.033.082 nuevas acciones ordinarias que representarán un 16,67% del capital social de la Compañía después de efectuarse dicha ampliación.

Segundo.-Períodos de ampliación de capital: La oferta comprende tres períodos: El primer y segundo período, de Suscripción Preferente y de Suscripción Adicional, va dirigido a los accionistas de la Sociedad y titulares de derechos de suscripción que lo sean a la fecha de la ampliación. Si después de trascurridos ambos periodos de ejercicio de derecho de suscripción preferente quedara un remanente de acciones sin suscribir, se abrirá el Período de Asignación Discrecional en el que, en los cinco primeros días se dará preferencia a aquellos accionistas de la sociedad que deseen suscribir acciones y, en los cinco siguientes, el Consejo de Administración podrá disponer libremente de ellas adjudicándolas a la(s) persona(s) física(s) y/o jurídica(s) que tenga por conveniente. Tercero.-Representación y regulación: Las nuevas acciones estarán representadas mediante anotaciones en cuenta y se inscribirán en el registro contable de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal (en adelante, Iberclear) y de las Entidades Participantes. Las nuevas acciones se regirán por la normativa reguladora del Mercado de Valores. Cuarto.-Tipo de emisión: Las nuevas acciones se emitirán a un precio de emisión de 1,60 euros por acción, que corresponden a 1 euro de valor nominal y 0,60 euros de prima de emisión. Quinto.-Derechos de suscripción preferente: Los accionistas (que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de Iberclear a las 23:59 horas del día hábil bursátil anterior al del inicio del periodo de suscripción preferente, es decir, el 17 de abril de 2006) y los titulares de derechos de suscripción, gozarán del derecho de suscripción preferente desde el 18 de abril hasta el 09 de mayo de 2006, ambos inclusive. Los accionistas actuales tendrán derecho a la suscripción preferente de las nuevas acciones, en la proporción de una (1) acción nueva por cada cinco (5) antiguas. Cada acción antigua otorga un derecho de suscripción preferente. Los inversores que adquieran derechos de suscripción preferente durante dicho plazo tendrán, a estos efectos, los mismos derechos que los accionistas actuales. Sexto.-Procedimiento de suscripción: El Periodo de Suscripción Preferente de las Acciones Nuevas comenzará al día siguiente de la publicación de la oferta de suscripción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y tendrá una duración de quince días hábiles desde entonces (por días hábiles se entiende aquellos que se correspondan con días de cotización de la Bolsa de Madrid). Los accionistas que aparezcan legitimados como tales en los registros contables de Iberclear a las 23:59 horas del día hábil bursátil anterior al del inicio del Periodo de Suscripción Preferente, así como los adquirentes de derechos de suscripción, gozarán del derecho de suscripción preferente durante el que podrán suscribir un número de acciones en la proporción de 1 acción nueva por cada 5 acciones antiguas. Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158.3 de la Ley de Sociedades Anónimas, y serán negociables, por tanto, en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao y en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo). Para ejercitar los derechos de suscripción preferente, sus titulares deberán dirigirse a la Entidad Participante en cuyo registro contable tengan inscritos los valores, indicando su voluntad de ejercitar dichos derechos y comunicando sus números de cuenta corriente y de valores. El día siguiente del fin del Periodo de Suscripción Preferente el Banco Agente comunicará a la Sociedad el resultado de dicho periodo, procediendo el Banco Agente a determinar, en su caso, las acciones sobrantes que no hubieran sido suscritas. Si finalizado el Periodo de Suscripción Preferente quedaran Acciones Nuevas pendientes de suscribir se abrirá un nuevo periodo de suscripción de las Acciones Nuevas. El Periodo de Suscripción Adicional se desarrollará durante un periodo de cinco (5) días naturales a partir del día hábil siguiente a aquel en que la Sociedad haga público, mediante hecho relevante y publicación en los Boletines de Cotización de las Bolsas de Madrid y Bilbao, que la ampliación es incompleta y que comienza dicho Periodo de Suscripción Adicional, lo que tendrá lugar el tercer día hábil siguiente a la fecha de cierre del Periodo de Suscripción Preferente. Durante este periodo aquellos accionistas que hayan ejercitado la totalidad de sus derechos de suscripción en el Periodo de Suscripción Preferente, podrán solicitar la suscripción de Acciones Nuevas sin límite alguno. A estos efectos, las Entidades Participantes verificarán que los Accionistas Peticionarios hubieran ejercitado la totalidad de los derechos de suscripción preferente de los que las Entidades Participantes tuvieran conocimiento que les correspondieran en el día hábil anterior al inicio del Periodo de Suscripción Preferente. Las Entidades Participantes, verificado este extremo, se lo comunicarán mediante el correspondiente certificado al Banco Agente. Dicho certificado servirá asimismo para cumplir con las indicaciones de asignación del prorrateo de acuerdo con lo previsto en este apartado, si procede. Cada una de las Entidades Participantes deberá informar al Banco Agente de todos aquellos Accionistas Peticionarios que hayan solicitado Acciones Nuevas adicionales en el Periodo de Suscripción Adicional, con los datos indicados anteriormente. Durante el día hábil siguiente al cierre del Periodo de Suscripción Adicional, el Banco Agente procederá a adjudicar las acciones sobrantes a los Accionistas Peticionarios. No obstante, en caso de que las solicitudes adicionales excedan el número de acciones sobrantes no suscritas durante el Periodo de Suscripción Preferente, el Banco Agente procederá a realizar un prorrateo y adjudicar las acciones. El prorrateo se hará de forma proporcional al volumen de acciones correspondiente al total de las solicitudes de acciones adicionales comunicadas. En caso de fracciones en la adjudicación, se redondeará por defecto de forma que resulte un número entero de acciones. Si tras la aplicación del prorrateo hubiese acciones no adjudicadas por efecto del redondeo, éstas se distribuirán una a una, por orden de mayor a menor cuantía de la solicitud de acciones adicionales y, en caso de igualdad, tomando la primera posición del campo Nombre y apellidos del accionista, sea cual sea su contenido, a partir de la letra que resulte del sorteo ante Notario. Si trascurridos los plazos de ejercicio del Periodo de Suscripción Preferente y del Periodo de Suscripción Adicional hubiera un remanente de Acciones Nuevas sin suscribir, se abrirá un Periodo de Asignación Discrecional. Este periodo durará diez (10) días naturales a contar desde el día siguiente al de la adjudicación de las acciones del Período de Suscripción Adicional. Durante los cinco (5) primeros días naturales de este periodo se dará preferencia a aquellos accionistas de la Sociedad que deseen suscribir acciones, así como a aquellos que hubiesen adquirido derechos en el Período de Suscripción Preferente. A partir del quinto día y hasta su finalización, el Consejo de Administración de la Sociedad podrá adjudicar las Acciones Nuevas restantes a la(s) persona(s) física(s) y/o jurídica(s) que tenga por conveniente o bien declarar la suscripción y por tanto, la ampliación incompleta, pudiendo para ello el Consejo declarar cerrado dicho periodo en cualquier momento a partir del quinto día. Para el caso de que durante los cinco (5) primeros días el número de acciones solicitadas excediera del número de acciones sobrantes del Periodo de Suscripción Adicional, se aplicarán las normas de prorrateo recogidas en el apartado anterior. Las acciones se adjudicarán el día hábil siguiente al del cierre del Período. Séptimo.-Suscripción incompleta: Trascurridos todos los plazos anteriores, en el caso de no cubrirse enteramente la ampliación de capital, ésta se declarará incompleta y el capital quedará aumentado únicamente en la cuantía que haya sido efectivamente suscrita y desembolsada, según lo dispuesto en el artículo 161.1 de la Ley de Sociedades Anónimas. Octavo.-Colocación y adjudicación de los valores: BBVA, Sociedad Anónima, es la Entidad Colocadora y Entidad Agente de la ampliación de capital. Noveno.-Desembolso: El pago de las acciones suscritas o solicitadas en cada uno de los períodos de la oferta se debe efectuar a las Entidades Participantes en el momento en que se les comunique la orden de suscripción o de solicitud de nuevas acciones. A los solicitantes de acciones a quienes finalmente no les fueren adjudicadas acciones, las Entidades Participantes ante quienes hubieren presentado las órdenes, deberán devolver el importe correspondiente a las suscripciones o solicitudes insatisfechas, libres de cualquier gasto o comisión, no más tarde del día hábil siguiente en el que la Entidad Agente hubiese comunicado a las Participantes el número de acciones adjudicadas. Décimo.-Derechos de las nuevas acciones: Las nuevas acciones conferirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de Avanzit actualmente en circulación desde el momento en que queden inscritas en el registro de anotaciones en cuenta de Iberclear. Undécimo.-Admisión a cotización: Avanzit solicitará la admisión a cotización de las acciones objeto de la oferta en las Bolsas de Valores de Madrid y Bilbao, así como la inclusión de las mismas en el Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo Segmento Especial de Nuevo Mercado).

Duodécimo.-Nota de valores: La Nota de valores de la oferta que se ajusta a lo dispuesto en el Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, y al procedimiento establecido en el Reglamento (CE) 809/2004 de la Comisión Europea, de 29 de abril de 2004, ha sido verificada y registrado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en cuya sede puede ser consultado, el 11 de abril de 2006. La Nota de valores está disponible al público en las páginas web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es) y de Avanzit (www.avanzit.com). Existirán ejemplares de la Nota de Valores a disposición del público en el domicilio de las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Madrid y Bilbao, en el domicilio de la Entidad Agente BBVA, Sociedad Anónima, sito en plaza de San Nicolás, 4, 48005 Bilbao, y en el domicilio social de Avanzit, sito en Alcalá, 518, Madrid.

Madrid, 11 de abril de 2006.-El Presidente, Ramón Soler Amaro.-18.990.

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